Antonio Brufau, presidente de Repsol y Isidro Fainé, presidente de CaixaBank.

Antonio Brufau, presidente de Repsol y Isidro Fainé, presidente de CaixaBank.

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La Fiscalía Anticorrupción recurre la nueva exoneración de Brufau y Fainé por la contratación de Villarejo

Considera que el juez instructor ha vuelto a cerrar la investigación de forma precipitada y que quedan diligencias por practicar para aclarar los indicios.

11 junio, 2022 02:32

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido este viernes la decisión del juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón de volver a exonerar al presidente de Repsol, Antonio Brufau, y al expresidente de CaixaBank, Isidro Fainé, de los supuestos delitos que se habrían cometido en relación con la contratación del excomisario José Manuel Villarejo por ambas compañías en 2011.

Es la segunda vez que Anticorrupción recurre para que la investigación sobre la conducta de Brufau y Fainé se aclare, ya que considera que persisten los indicios de que pudieron haber ordenado una investigación para conocer los pasos que iba a dar el expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, tras haber alcanzado un pacto con la mexicana Pemex con el objetivo de hacerse con el control de Repsol.

Ese pacto era trascendente tanto para Brufau como para Fainé porque podía comprometer sus posiciones de poder en Repsol. La investigación fue encomendada por los departamentos de seguridad de la petrolera y de CaixaBank al comisario José Manuel Villarejo, que habría empleado métodos ilegales para conseguir información sobre los pasos de Del Rivero.

En el procedimiento existen indicios de que fue interceptado el tráfico de llamadas del entonces presidente de Sacyr y también de su esposa, entre otras personas.

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El pasado 2 de junio, el juez instructor dio por terminada la investigación y limitó la responsabilidad de los presuntos delitos de revelación de secretos y cohecho apreciados a los exencargados de seguridad de Repsol y CaixaBank, así como a Villarejo, su socio Rafael Redondo y el excomisario Enrique García Castaño. Éste, abusando de su condición de jefe de la Unidad Central Operativa de la Policía, habría sido el que facilitó a Villarejo el tráfico de llamadas de Del Rivero.

Ningún directivo de las compañías implicadas, ni sus presidentes ni las propias entidades fueron incluidos en esa resolución, que supuso el cierre de las diligencias de instrucción y el paso a la fase de preparación de juicio oral.

Al igual que ya apreció el 29 de julio de 2021, cuando archivó la causa por primera vez respecto a Brufau y Fainé, el juez insiste ahora en que no hay indicios de que la orden de contratar a Villarejo fuese dada por ellos ni de que fuesen informados de los resultados de la investigación presuntamente ilegal del entonces comisario de Policía.

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Esa primera exoneración fue revocada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado 7 de febrero. Estimó los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía Anticorrupción, Luis del Rivero y el partido Podemos y concluyó que era preciso continuar las diligencias porque "hay indicios de que la orden de investigar [al expresidente de Sacyr] pudo partir de las presidencias" de Repsol y CaixaBank, que también habrían sido "informadas de sus resultados".

Indicios

La Sala argumentó entonces que "Fainé ha reconocido en sus declaraciones el impacto que el acuerdo Sacyr-Pemex podía tener para CaixaBank en cuanto accionista de Repsol, al poderse producir cambios en la composición de las mayorías de capital con acceso al control de esta última compañía".

"Buena prueba de ese interés", añadió, "es que Fainé estuvo de acuerdo, al hablar con Brufau de este asunto, en que los departamentos de seguridad de sus respectivas compañías colaborasen en el asunto Sacyr-Pemex y que sus respectivos responsables se reuniesen para tratar con el grupo Cenyt", perteneciente a Villarejo.

La Sala destacó que el expresidente de CaixaBank reconoció haber transmitido a su director de seguridad, Miguel Ángel Fernández Rancaño, la noticia de la contratación de Cenyt por Repsol, "encomendándole que se reuniera con su homólogo en Repsol para abordar el asunto". Rancaño, además, manifestó que le informó de los resultados de las gestiones de Cenyt.

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Respecto a Brufau, la Sala indicó en febrero que el presidente de Repsol "viene a reconocer que sabía que la contratación [de un investigador externo] se había producido al señalar que, al finalizar un consejo de administración, habló de ello con Fainé y ambos coincidieron en la conveniencia de que ambas compañías colaborasen en la iniciativa".

La Sala resaltó, además, que Brufau pudo tener "información directa sobre las gestiones de Cenyt" porque así se desprende de una conversación -grabada subrepticiamente por Villarejo o Redondo- en la que el director de seguridad de Repsol, Rafael Araújo, contó que daba cuenta al presidente. Esa grabación fue encontrada en el domicilio de Redondo cuando fue detenido en noviembre de 2017.

Por ello, tras la decisión de la Sala de febrero revocando el archivo Araújo pidió volver a declarar.

"Nunca hablé con Brufau"

Lo hizo el pasado 31 de mayo y manifestó que "en 2011, desde que empezó con la contratación [de Villarejo], durante la contratación, al término de la contratación y hasta ahora Brufau no ha hablado conmigo de este tema para nada. Nunca".

Para los fiscales anticorrupción, sin embargo, ni esa declaración ni el resto de las diligencias practicadas tras la decisión de la Sala (las testificales de los responsables de cumplimiento normativo de Repsol y CaixaBank y la comparecencia de la jefa de auditoría de la entidad bancaria, María Luisa Retamosa) ha hecho desaparecer los indicios apreciados contra los presidentes ni tampoco la presunta responsabilidad de las compañías.

De la misma opinión es la defensa de Del Rivero, ejercida por el letrado Jaime Campaner, que también ha recurrido el archivo.

Sostiene que García-Castellón "ha vuelto a actuar con premura y precipitación al dar por finalizada la fase de instrucción" y archivar respecto a Fainé, Brufau, Luis Suárez de Lezo, Repsol y CaixaBank.

A su juicio, restan diligencias de investigación por practicar y ni siquiera se ha incorporado a la causa el resultado de actuaciones anteriormente acordadas por el instructor.