La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez; la ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte, Pilar Alegría, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez; la ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte, Pilar Alegría, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. Alberto Ortega Europa Press

Macroeconomía

El Consejo de Ministros aprueba, de nuevo, la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

La norma tiene que volver a recorrer el trámite parlamentario tras haber decaído por el adelanto electoral de 2023. 

19 marzo, 2024 14:25

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, de nuevo, el anteproyecto de ley para crear la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero. De esta manera, esta iniciativa legislativa volverá al Congreso de los Diputados después de que tuviera que decaer por el adelanto electoral de 2023. 

El texto al que ha dado luz verde el Gobierno no es el proyecto original que se aprobó en Consejo de Ministros hace meses. Como ya ha contado este periódico, el que hoy se remite a las cortes incorpora las modificaciones incluidas en la tramitación parlamentaria y que contaron con el respaldo de la mayoría de los diputados.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Carlos Cuerpo, titular de la cartera de Economía, Comercio y Empresa, ha destacado que este proyecto supone la "clave de bóveda" del sistema de protección de inclusión de los clientes financieros y viene a complementar el trabajo realizado en los últimos con los protocolos y códigos de buenas prácticas de las instituciones financieras. 

[El adelanto electoral da una alegría a la banca al tirar por tierra la Autoridad del Cliente Financiero una vez más]

Entre las novedades que se incluyeron en el trámite parlamentario y que ahora se mantienen se encuentra el que la financiación de la nueva Autoridad corra a cargo de los bancos, con una tasa que se determinará en función de las reclamaciones que reciba la entidad y las que sean favorables al cliente. También se conserva la recurribilidad de las resoluciones vinculantes que dicte ante la jurisdicción civil.

En el texto se contempla que los protocolos para la inclusión financiera de mayores y en el ámbito rural serán considerados como normas de conducta, que serán de obligado cumplimiento una vez suscritos por los bancos. Así, su incumplimiento podrá ser objeto de reclamación ante esta Autoridad.

(I-D) La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez; la ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte, Pilar Alegría, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 19 de marzo de 2024, en Madrid (España).

(I-D) La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez; la ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte, Pilar Alegría, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 19 de marzo de 2024, en Madrid (España). Alberto Ortega / Europa Press

También se incluye como obligación para los supervisores financieros la elaboración y actualización de un Compendio Anual de Buenas Prácticas y Usos Financieros, que será tenido en cuenta por la Autoridad en la resolución de los conflictos.

Por otro lado, a través de la Autoridad los clientes podrán presentar sus reclamaciones de forma gratuita en el ámbito bancario, de seguros y de inversión financiera ante un único organismo, que centralizará los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente esta última del Ministerio de Economía.

Resoluciones

Las resoluciones se dictarán en un plazo no superior a 90 días naturales y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones estén relacionadas con la normativa de conducta y protección a la clientela, o con cláusulas abusivas declaradas como tales y de una cuantía inferior a 20.000 euros.

Cuando las resoluciones no sean vinculantes, tendrán valor de informe pericial si se deciden aportar en un procedimiento judicial.

El incumplimiento de las resoluciones vinculantes de la autoridad, así como el cumplimiento tardío o defectuoso, podrá ser objeto de sanción por parte de la Autoridad.

Cuerpo ha confiado en que el nuevo proyecto de ley que hoy se presenta cuente con el mismo respaldo que recibió el pasado año en el Congreso de los Diputados, dado que se mantienen los cambios acordados con los grupos parlamentarios, y ha señalado que espera que puede estar aprobado a finales de 2024.