Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo (Francia).

Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo (Francia). Efe

Macroeconomía

Estrasburgo dictamina que Suiza discrimina a los hombres en su legislación sobre pensiones

La sentencia da la razón a un ciudadano que recurría por haber perdido la pensión de viudo al alcanzar su hijo la mayoría de edad.

11 octubre, 2022 20:37
Bruselas

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La legislación de Suiza en materia de pensiones discrimina a los hombres y contribuye a perpetuar los prejuicios y estereotipos de género, según ha dictaminado este martes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. La sentencia de la Gran Sala ha salido adelante por mayoría (12 votos contra 5).

El fallo da la razón a un ciudadano suizo que denunció al Estado por cancelar su pensión de viudedad cuando su hijo llegó a la mayoría de edad. La Ley Federal del Seguro de Vejez y Supervivencia de Suiza dispone que el derecho a la pensión de viudedad finaliza cuando el hijo menor cumple 18 años para los hombres, pero no para las mujeres.

Ante el TEDH, el demandante alegó que había sido discriminado en relación con las viudas en una situación comparable, que no habrían perdido su derecho a la pensión.

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En contra de sus pretensiones, el Gobierno suizo sostuvo que todavía era justificable confiar en la presunción de que era el esposo el que proveía para el mantenimiento financiero de la esposa, particularmente cuando tenía hijos. Y por tanto ofrecer un mayor nivel de protección a las viudas que a los viudos. A juicio de Suiza, esta diferencia de trato no se basa en estereotipos de género sino en la realidad social.

En su fallo de este martes, Estrasburgo señala en primer lugar que el demandante recibió la pensión de viudedad entre 1997 y 2010 y organizó los aspectos clave de su vida familiar sobre la base de la existencia de esa pensión. La "delicada situación financiera" en la que se encontró tras perderla -con 57 años y problemas para volver a un mercado del trabajo del que estuvo ausente 16 años- se debe a "la decisión que había tomado en interés de su familia".

A continuación, el TEDH deja claro que aunque el demandante se encontró en una situación análoga en términos de necesidades de subsistencia, no se le trató de la misma manera que a una mujer/viuda. Es decir, fue objeto de un trato desigual.

Los jueces dicen que el Gobierno suizo no ha demostrado que haya "razones de especial peso y convicción" que justifiquen la diferencia de trato por motivos de sexo. A juicio del Tribunal, Suiza no puede basarse en la presunción del "varón sostén de la familia" para justificar una diferencia de trato que pone a los viudos en desventaja con respecto a las viudas.

Es todo lo contrario: el TEDH considera que la legislación en cuestión "contribuyó más bien a perpetuar los prejuicios y estereotipos sobre la naturaleza o el papel de la mujer en la sociedad y era desventajosa tanto para las carreras de las mujeres como para la vida familiar de los hombres".