Imagen de la sede de la Unión Europea en Bruselas

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Macroeconomía

Guía para conocer los PERTE y tramitar proyectos financiados con los fondos de la UE

Serán una de las principales figuras con la que se vehicule el reparto de los 140.000 millones de la UE.

23 marzo, 2021 22:38

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Los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) incluidos en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, son herramientas clave para la gestión de los fondos europeos.

Tienen como objetivo desbloquear la burocracia del Estado y favorecer la colaboración público-privada en el ámbito de la ejecución de políticas públicas.

Invertia ha elaborado una guía para conocer todos los detalles de las fórmulas públicas para optar a los fondos de la Unión Europea.

1. ¿Cómo se define un PERTE?

Son aquellos proyectos de carácter estratégico con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía española. El objetivo es favorecer la colaboración público-privada con fórmulas que, manteniendo los controles y exigencias comunitarias, permitan fórmulas más flexibles y adaptativas a los requerimientos de los proyectos financiables con el Instrumento Europeo de Recuperación.

2. ¿Qué características debe tener un PERTE?

Debe representar una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía española, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.

También debe permitir combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera.

3. ¿A qué ámbito están dirigidos?

Debe tener un importante carácter innovador o aportar un importante valor añadido en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción. Debe ser importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance particularmente grandes, o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.

Finalmente, debe favorecer la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos. Y debe contribuir de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española.

4. Registro de los PERTE

Todas las entidades vinculadas al desarrollo de un PERTE, independientemente de su naturaleza jurídica pública o privada y de su forma de constitución, deben registrarse en el Registro estatal de entidades interesadas en los PERTE, .

5. ¿Estar en el registro es requisito para participar?

La inscripción en el registro es considerada como requisito necesario para ser beneficiario de ayudas, en el caso de que se prevea así en las bases reguladoras, o en la convocatoria, si ésta última incluye a las bases reguladoras, y de acuerdo con la planificación de medidas de apoyo y colaboración público-privada proyectadas.

6. Ventanilla única para resolver dudas

Existe el compromiso de activar un portal web único del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que centralice y distribuya la información a todos los interesados. A través de este portal web se ofrecerá un servicio de atención a las personas o entidades interesadas en participar en las convocatorias derivadas del instrumento de recuperación, dentro del marco legal previsto por cada departamento responsable de la gestión de las mismas.

7. ¿Dónde se presentarán las solicitudes?

No obstante, la tramitación de las solicitudes de participación en las convocatorias derivadas la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se realizará a través de las sedes electrónicas de los departamentos ministeriales y organismos competentes.

8. Burocratización

El objetivo es que los programas se tramiten por la vía de urgencia cuando razones de interés público lo aconsejen, al tiempo que se eliminan requisitos de informes y autorizaciones perceptivas”. Además, el decreto establece también la simplificación de la documentación que tengan que presentar los beneficiarios de las subvenciones que se abonen con los fondos europeos.