Una oficina de empleo, en Madrid.

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Economía

Los ERTE reducen un 72% los trabajadores afectados por despidos colectivos en 2020

Los empleados inmersos en procesos de suspensión de contrato o reducción de jornada se ha multiplicado por más de 19.

28 febrero, 2021 11:56

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El número de trabajadores en despidos colectivos cayó un 72% en 2020, con 8.614 trabajadores afectados, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en los que se aprecia el impacto de la crisis del coronavirus y el uso de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).

Por su parte, la cifra de empleados inmersos en procesos de suspensión de contrato o reducción de jornada se ha multiplicado por más de 19 en el mismo periodo, hasta los 1.009.175 empleados.

En 2020 el número de trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE) autorizados por las autoridades laborales o comunicados a las mismas se multiplicó por casi 11,5 en comparación con 2019, hasta sumar 1.017.789 afectados.

De los 1.017.789 trabajadores afectados por un ERE en el conjunto del año, casi siete de cada diez (678.916 trabajadores) estaban en procedimientos en los que la causa alegada fue la fuerza mayor, cifra que multiplica por más de 451 la del mismo periodo del año pasado (1.504 afectados).

Los ERE por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas y de producción) afectaron a 338.873 trabajadores en 2020, casi 4 veces que en 2019.

Comercio y hostelería

Por sectores, el comercio al por mayor y por menor y reparación de vehículos concentró el mayor número de afectados por ERE en 2020 (287.610), junto a hostelería (163.141), actividades administrativas (132.826) y la industria manufacturera (107.320).

Trabajo ha explicado también que desde que se decretó en España el estado de alarma el día 14 de marzo de 2020, el número de procedimientos de regulación de empleo comunicados a las autoridades laborables se ha visto incrementado considerablemente, en concreto en cuanto al número de Expedientes de Regulación de Empleo Temporales (ERTES) generados.

Por este motivo, explica el Ministerio, no ha sido posible en la mayoría de los casos la remisión de información a la Subdirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral, tal y como se establece en la orden por la que se adoptan disposiciones para la determinación de la forma y contenido de la información estadística.