La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha rechazado tres recursos interpuestos por la Abogacía del Estado contra la práctica de diligencias de investigación en la causa abierta contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por no prohibir la masiva manifestación del 8-M pese a la extensión del Covid-19 en esas fechas.

En los recursos, apoyados por la Fiscalía, se alegaba la indefensión del investigado, lo que la instructora niega. Por ello, mantiene la citación de Franco para que declare mañana por un presunto delito de prevaricación.

En una resolución conocida este martes, Rodríguez-Medel rechaza que haya motivos para declarar la nulidad de las actuaciones debido a la práctica de diligencias durante el estado de alarma. La Abogacía del Estado defiende que esa medida impuso la paralización de los procedimientos judiciales no urgentes, y éste no lo era.

Para Rodrígez-Medel, el estado de alarma suspendió los plazos procesales pero "no imposibilitó la tramitación de todo aquello que no esté sujeto a plazo. No ordena la paralización de la jurisdicción penal".

La instructora admite que la tramitación de los recursos de la Abogacía del Estado se ha visto "ralentizada", pero argumenta que se ha debido a que el fiscal ha esperado al levantamiento de la suspensión de los plazos procesales para informar sobre esos recursos.

"Ilustrativo de que esta cuestión de la suspensión del plazo nada tiene que ver con la imposibilidad de tramitar las causas penales es el hecho de que la Abogacía del Estado nada objete al dictado de resoluciones durante el estado de alarma cuando las mismas benefician a su cliente", precisa la jueza en referencia a la resolución dictada el 19 de abril por la que acordó continuar la causa únicamente por el delito de prevaricación, descartando el de lesiones imprudentes.

"Esta instructora, en esta y en todas las demás causas, en la medida de sus posibilidades y de la muy sobrecargada oficina judicial, trata de impulsar los procedimientos de manera que no se demoren innecesariamente en el tiempo, especialmente, ante el previsible colapso judicial que se avecina", indica, y esa "celeridad" ha sido tanto para acordar diligencias de investigación como para descartar delitos en los hechos imputados al delegado del Gobierno.

Demoras "injustificadas"

A este respecto, explica que si fijó una fecha para la cumplimentación de algunas diligencias de investigación acordadas -en concreto, las relativas a la entrega de documentos por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, dirigido por el doctor Fernando Simón- fue por las "demoras" que se transmitían a la Policía Judicial "sin causa justificada" y que los agentes de la Guardia Civil le trasladaron.

La jueza constata las "dificultades" que los investigadores encontraron inicialmente para conseguir esa documentación, cuando el Juzgado no fijó plazo para la entrega de documentación. "Había reticencias", asegura.

"Para evitar dilaciones injustificadas en la remisión de documentación y propiciar que la Guardia Civil actuante no tuviera que estar reiterando sucesivamente la necesidad de que los oficios se cumplimentaran para poder continuar con la investigación, en definitiva, para facilitar la labor de los agentes actuantes, se optó por la fijación del plazo desde este órgano judicial, sistema que, dicho sea de paso, ha resultado eficaz para poder recabar finalmente (en ocasiones, tras no pocos esfuerzos) la documentación necesaria para el análisis que nos ocupa en esta causa", señala.

De esa forma, "lo que inicialmente no era especialmente urgente, devino en serlo (por las dificultades halladas para obtener contestación a los oficios) si se quería poder recabar toda la documentación para hacer un análisis global de la misma, de ahí los plazos".

Rodríguez-Medel alude a la comparecencia en el Juzgado el 21 de mayo de uno de los guardias civiles que investigan a sus órdenes y que manifestó que desde el CCAES no se le entregaba la documentación solicitada desde el día 5 anterior pese a que se le aseguraba que ya estaba recopilada. "De manera sistemática, desde el CCAES posponían la entrega sin que se materializara la entrega y sin llamarles para explicitar la causa", afirma. La instructora ordenó entonces que la entrega se produjera en 24 horas, como así fue.

El recurso de la Abogacía del Estado criticaba a ese respecto que "en unos momentos en los que cabalmente puede apreciarse, por ser público y notorio, que los órganos requeridos padecen una ingente carga de trabajo dedicada única y exclusivamente a un fin primordial como lo es la protección de la salud de todos los españoles, deben dejar de atenderla para cumplimentar los requerimientos judiciales en una investigación no urgente y perfectamente aplazable".

Pero la jueza le responde que "ningún perjuicio se ocasionaba al organismo con la fijación del plazo pues, si la documentación estaba recabada, lo único que pendía era la entrega material".

A lo que Rodríguez-Medel no contesta es a la reiterada alegación de la abogada del Estado sobre la ausencia de indicios de prevaricación, y se escuda en que tanto la defensa de Franco como el fiscal han preferido recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid la apertura de la causa.

La instructora tiene pendiente de resolver un escrito en el que la Abogacía del Estado le pide el sobreseimiento de la causa, presentado el lunes.

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