Luis Eduardo Ramírez Icardi, exmarido de Mónica Oltra. Efe/Biel Aliño

Luis Eduardo Ramírez Icardi, exmarido de Mónica Oltra. Efe/Biel Aliño

Comunitat Valenciana TRIBUNALES

El Supremo abre la vía para que el ex de Mónica Oltra pida una rebaja de su pena por la ley de 'sí es sí'

El condenado a cinco años de cárcel por abuso sexual a una menor tutelada podrá adaptar su recurso a la nueva norma impulsada por Podemos.

13 enero, 2023 21:06
Dani Valero Juan Nieto

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha abierto la vía para que el exmarido de Mónica Oltra, Luis Eduardo Ramírez Icardi, solicite una rebaja de su pena por abuso sexual en función de lo establecido en la conocida como 'ley de solo sí es sí'.

Así consta en una diligencia de ordenación remitida a las partes, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. El condenado a cinco años de cárcel había recurrido su sentencia ante el Supremo, y ahora es el propio tribunal quien, tal y como marca la legislación ante un cambio legal como el que se ha producido en el Código Penal impulsado por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero (Unidas Podemos), le ofrece, si lo estima conveniente, que adapte su recurso a esta nueva normativa.

"Visto el estado que mantiene el presente recurso de casación, de conformidad con lo prevenido en la Disposición Transitoria Novena de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, procédase a dar traslado al condenado recurrente por término de ocho días", expone en primer término.

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En concreto, lo que le plantea el Trubunal Supremo a Ramírez Icardi es "que adapte, si lo estima procedente, los motivos de casación alegados a la Ley Orgánica 10/22, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (Disposición Final Cuarta)". "Con su resultado se acordará", concluye textualmente la diligencia.

Ahora está por ver si el condenado por abuso sexual atiende o no este ofrecimiento. Consultadas al respecto hace semanas, fuentes de la defensa del educador manifestaron que esperarían a contar con una sentencia firme por parte del Tribunal Supremo antes de valorar esta posibilidad.

No se acogieron a la nueva ley por iniciativa propia, pero el escenario ahora es distinto, pues es el propio tribunal quien, tal y como establece la ley, informa al recurrente de la existencia de un nuevo ordenamiento jurídico y le ofrece la posibilidad de adaptar su recurso al mismo.

Por su parte, fuentes de la defensa de la víctima de los abusos sexuales lamentaron la posibilidad de que el condenado pudiera disfrutar de una rebaja en la pena gracias al cambio legislativo. Sobre la misma, auguraron que no debería ser una rebaja superior a un año, puesto que se le condenó por abuso sexual continuado y con prevalimiento -al tratarse de un educador que se aprovechaba de una menor del centro donde trabajaba-.

"Se masturbaba con ella"

Luis Eduardo Ramírez Icardi fue condenado por la Audiencia de Valencia en marzo de 2021 tras una repetición parcial de su juicio que se saldó con el mismo resultado: cinco años de cárcel por abusar de una menor tutelada de 14 años.

Los hechos probados del dictamen recogieron que "en el periodo referido, en fechas que no se han concretado, pero, entre dos y diez ocasiones, Luis Eduardo Ramírez Icardi, que desempeñaba el turno de noche en aquella época, acudía a la habitación de la menor cuando esta se hallaba castigada".

La menor tenía "dificultad para conciliar el sueño por sus miedos, por lo que reclamaba la presencia del educador e incluso le pedía que le hiciera un masaje, pues confiaba en el mismo". Y Luis Eduardo procedía "a masajearle en la zona del cuello y la espalda".

Pero, "una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella, fingiendo la menor dormir ante la vergüenza que le producía dicha situación".

Mónica Oltra, junto a su abogado al salir del juzgado tras declarar como imputada. Efe / Manuel Bruque

Mónica Oltra, junto a su abogado al salir del juzgado tras declarar como imputada. Efe / Manuel Bruque

El juicio debió repetirse porque en aquel proceso no se tuvo en cuenta un informe autonómico y otro del Instituto Espill que ponían en duda la credibilidad de la víctima. En la repetición tuvo lugar, precisamente, la confrontación de estos análisis con el de la forense del Instituto de Medicina Legal que examinó a la menor y sí creía en su versión.

Tras contemplar estos documentos, la sentencia, además de reafirmarse en su condena, cargó con dureza contra la Conselleria de Igualdad que entonces dirigía, precisamente, Mónica Oltra. Le afeó la "hostilidad y absoluta falta de empatía hacia la víctima que se trasluce en los informes aportados, y que se elaboran por quienes, paradójicamente, estaban llamados a protegerla".

Fruto de tales consideraciones y de posteriores procesos impulsados por la defensa de la menor y por acusaciones particulares, se abrió un nuevo caso en el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia para analizar las presuntas maniobras de la administración para desacreditar a la víctima de los abusos sexuales.

Y es este segundo caso en el que se encuentran investigadas tanto Mónica Oltra como otras 13 personas que trabajaban o trabajaban en la conselleriaTras ser formalmente imputada, la dirigente se vio obligada a dimitir de todos sus cargos el pasado mes de junio de 2022.