Adrián, acompañado de figuras del toreo, en el festival benéfico a su favor.

Adrián, acompañado de figuras del toreo, en el festival benéfico a su favor. Efe

Comunitat Valenciana TRIBUNALES

Multa de 720 euros a los tuiteros que desearon la muerte al niño con cáncer que quería ser torero

Los tres internautas deberán pagar, cada uno, 3.000 euros al padre del menor, como autores de un delito contra la integridad moral.

2 agosto, 2022 15:16

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una multa de 720 euros a los tres internautas que, en 2016, escribieron mensajes en la Red en los que deseaban la muerte al pequeño Adrián, el niño enfermo terminal de cáncer al que se le organizó un festival taurino benéfico porque su sueño era convertirse en torero. El menor acabó falleciendo el 8 de abril de 2017.

Grandes figuras de este arte, como Enrique Ponce, Román Collado, Ginés Marín o El Soro, participaron en el evento, en el que, al finalizar, el niño salió a hombros de la Plaza de Toros de Valencia.

En una sentencia de 15 páginas, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la Audiencia Provincial estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y por la Fundación Toro de Lidia, en defensa del padre de Adrián, contra una resolución previa, del Juzgado de lo Penal nº 2 de la ciudad, que absolvió a los tres acusados.

[Muere Adrián, el niño insultado porque quería ser torero]

Además, cada uno de ellos —Manuel O. C., Aizpea E. O. y Brayan S. L.— como autores de un delito contra la integridad moral, deberán pagar las costas procesales y una indemnización al progenitor de 3.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados.

El primero de ellos escribió en la red social Twitter los siguientes comentarios: "Qué gasto más innecesario se está haciendo con la recuperación de Adrián, el niño este que tiene cáncer, quiere ser torero y cortar orejas", "No lo digo por su vida, que me importa dos cojones, lo digo porque probablemente ese ser esté siendo tratado en la sanidad pública, con mi dinero", "Pero bueno, chic@s, esto es la misma mierda de siempre, no merece la pena ni hablar, escribir... Sólo un Gobierno futuro solucionará esto".

Adrián, en una fotografía.

Adrián, en una fotografía. Cedida

La segunda, en su perfil personal de Facebook: "¿Que qué opino? Yo no voy a ser políticamente correcta. Qué va. Que se muera, que se muera ya. Un niño enfermo que quiere curarse para matar a herbívoros inocentes y sanos que también quieren vivir. Anda yaaaaa! Adrián, vas a morir".

Una persona desconocida de entre los contactos de Aizpea E. O. en la red social extrajo un pantallazo de estos escritos a los 9 minutos de su publicación y lo hizo llegar a la web de la Policía Nacional.

El último de los acusados escribió el siguiente tuit: "Patético es que defendáis a un niño que prefiere matar a un animal, ojalá el Adrián mate a vuestra madre y se muera".

Sin embargo, la juez titular del Juzgado de lo Penal absolvió a los tres, a pesar de reconocer que "los acusados realizaron dichas afirmaciones, a sabiendas de que Adrián era un menor de edad, se encontraba enfermo de cáncer y era un gran aficionado a los toros". El padre del menor, al igual que el Ministerio Público, recurrió este fallo y la Audiencia Provincial le da ahora la razón.

"Sus razones son poderosas e incontestables, porque se basan en la simple exposición argumental, por un lado, de la incoherencia entre los hechos declarados probados [en la sentencia absolutoria] y sus fundamentos jurídicos", señalan los magistrados. "Y, por otro, particularmente, en la confusión que padece la juzgadora a la hora de aplicar al caso los elementos subjetivos del delito, sustituyendo el dolo propio de la infracción acusatoria por los móviles personales, íntimos o finalísticos de cada acusado", añaden.

"La consideración que la sentencia otorga a estos términos de poco empáticos y simplemente mal sonantes, realmente, no se entiende", concluyen.

La Audiencia Provincial constata también un "menoscabo grave de la integridad moral" y un "padecimiento psíquico de angustia y de destrucción de la débil resistencia física y moral del niño y de sus padres" a través de un "triple ataque". Es decir, mediante el "conocimiento directo y personal de las manifestaciones de los acusados", sumado al "conocimiento adicional de que toda la sociedad era sabedora de ello" y al "efecto destructor de los beneficios emocionales del homenaje al estar vinculadas las frases a su celebración".

Los ataques verbales, a ojos de los magistrados, trataron de "destruir" los "efectos benéficos" y el "recuerdo de unos momentos breves de felicidad" provocados por el festival taurino que homenajeó a Adrián. También buscaron ese efecto en los "padres dolientes" del menor.

Repetición del juicio

Los tres internautas fueron absueltos en dos ocasiones. Inicialmente, se les juzgó, se les absolvió y la fiscal responsable de delitos de odio, Susana Gisbert, recurrió la primera resolución. La Audiencia Provincial de Valencia ordenó repetir el juicio y el Juzgado les volvió a exonerar. Fue entonces cuando tanto el padre del menor como el Ministerio Público recurrió en apelación.

La sentencia absolutoria consideró que una de las acusadas, Aizpea E. O., no pudo prever que sus mensajes, escritos en su perfil privado de Facebook, podrían llegar a ojos del menor o de su familia.

La Audiencia Provincial refuta este razonamiento. "Desde la más simple racionalidad, resulta impensable que no previera la autora la alta probabilidad de que sus palabras, una vez lanzadas a la red social, llegaran a conocimiento de los aludidos, aunque, como decimos, esa intención finalística no es la que cuenta en el caso", replica el tribunal.