Juan Alfonso Ruiz Molina, consejero de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha

Juan Alfonso Ruiz Molina, consejero de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha

Región LOS DIARIOS EXTRAORDINARIOS CONTARÁN CON NUMERACIÓN INDEPENDIENTE

Decreto del Gobierno de Page para mejorar y hacer más sencillo el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

4 enero, 2021 07:45

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado un Decreto para que los diarios oficiales extraordinarios tengan una identidad propia y diferenciada, un cambio que facilitará que la ciudadanía conozca los preceptos publicados en el diario con mayor rigor, precisión y transparencia y que otorga seguridad jurídica a la hora de tener que dar respuesta a eventualidades y necesidades futuras.

El Decreto por el que se modifica el Decreto 354/2008, que regula el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno en su reunión de la semana pasada, a instancias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y ha entrado en vigor el pasado día 1 de enero, según ha informado la Junta en nota de prensa.

Tal como establece el artículo 3.3 del Decreto 354/2008, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha se publica todos los días del año, excepto los sábados, domingos y los días declarados inhábiles en la Comunidad Autónoma. No obstante, se prevé la posibilidad de publicar diarios extraordinarios cuando lo determine la consejería competente en materia de administraciones públicas.

Actualmente, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, se han incrementado de forma considerable los diarios extraordinarios que se necesita publicar, llegando incluso a ser imprescindible publicar un diario extraordinario el mismo día en que ya se ha publicado un diario ordinario.

Agilizar las publicaciones

Ante estas circunstancias o las eventualidades futuras que pudieran surgir, el Gobierno de Emiliano García-Page considera necesario agilizar las publicaciones extraordinarias, así como diferenciarlas de las ordinarias, de tal forma que los diarios oficiales extraordinarios tengan una identidad propia y diferenciada.

Para ello, ha aprobado este decreto, por el que se modifica el apartado 1 del artículo 4 del Decreto 345/2008, estableciendo que en los diarios oficiales extraordinarios que se publiquen desde ahora deberá figurar específicamente en el encabezado el término "extraordinario" y que los mismos tendrán anualmente numeración correlativa e independiente del diario ordinario.

Esta modificación permitirá que, ante la actual situación de pandemia y las posibles eventualidades o necesidades que puedan surgir en el futuro, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha pueda llevar a cabo una correcta, ordenada, sistemática y eficaz publicación de su diario oficial.

La finalidad última del DOCM es dar publicidad a las normas, un objetivo que está en línea con esta modificación, ya que la misma facilitará a la ciudadanía el conocimiento, con mayor rigor y precisión, de los preceptos que se publican. Además, se mejora la búsqueda y consulta de los diarios oficiales que se publiquen de forma extraordinaria.

Apartado específico para el covid

Desde el inicio de la crisis sanitaria la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas ha ido adaptando el Diario Oficial de Castilla-La Mancha a las nuevas necesidades y circunstancias derivadas de la pandemia.

Así, desde el pasado mes de abril se incorporó un nuevo apartado en la página web del DOCM, en el que se puede consultar toda la normativa estatal y autonómica que se ha ido aprobando para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Este apartado, denominado 'Normativa sobre crisis sanitaria COVID-19', ha facilitado a la ciudadanía la consulta de la numerosa normativa que se ha aprobado desde principios de marzo en relación con esta crisis sanitaria.

El espacio, que se actualiza de forma diaria y al que se puede acceder a través del enlacehttps://docm.castillalamancha.es/portaldocm/listadoCOVID.do, se divide a su vez en dos secciones, una dedicada a la normativa que se ha aprobado a nivel nacional y otra centrada en la legislación de carácter autonómico.