Cómo afecta la Ley Mordaza al uso que haces de tu móvil

Cómo afecta la Ley Mordaza al uso que haces de tu móvil

El Androide Libre

Cómo afecta la Ley Mordaza al uso que haces de tu móvil

Mucho se ha dicho de la Ley Mordaza y de sobre cómo limitará nuestra actividad virtual. ¿Pero qué podrás hacer y qué no a partir de ahora con tu teléfono?

31 marzo, 2015 15:41

La pasada semana el Congreso aprobó, únicamente con los votos del PP, la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, llamada popularmente Ley Mordaza y algunos de sus artículos afectan al uso que puedes hacer de tu smartphone. Pero no es la única, la reforma del Código Penal y la Ley Antiterrorista también incluyen una serie de puntos que debes conocer antes de visitar ciertas páginas y mostrar cierto contenido.

La nueva ley amplía la capacidad de la policía para imponer sanciones administrativas sin la intervención de un juez, como por ejemplo hasta ahora las multas de tráfico, sobre ciertos comportamientos que hasta ahora eran faltas. Esto implica que los procesos serán más rápidos.

Apoyar una manifestación es delito si esta es ilegal

Uno de los aspectos que más ampollas ha levantado de esta ley es la dureza con la que persigue el activismo político en la red. En caso de las manifestaciones, se considerará promotor de ella a aquellos que hayan difundido a través de las redes la convocatoria de esta, por lo que, por ejemplo, retuitear la convocatoria puede meterte en problemas, ya que al hacerlo estás incitando a ello. Carlos Sánchez de Almeida recuerda en El Español que dar el apoyo a un hashtag vinculado a manifestaciones ilegales también puede ser constitutivo de delito.

Hay que recordar que esto se aplica, obviamente, a las manifestaciones que no tengan los permisos adecuados para llevarse a cabo, como puede ser el caso del 15M o de las que rodearon el Congreso de los Diputados o de la Generalitat de Catalunya. En realidad, lo que hace esta nueva Ley es ampliar a Internet lo que ya era ilegal antes fuera del mundo virtual, que es convocar una manifestación sin los permisos necesarios.

Puedes publicar fotografías de policías si…

Además, se multa con hasta 30.000€ la difusión de fotografías de policías, aunque hay que recordar que fotografiar a funcionarios en su puesto de trabajo ya era un delito. El Ministro de Interior Jorge Fernández Díaz justificó este punto en la entrevista que Jordi Évole le realizó en su programa Salvados, asegurando que sí sería legal fotografiar y publicar imágenes de policías siempre y cuando no se facilite datos personales sobre el agente o sobre su familia.

Aunque es cierto que es justo y normal garantizar la seguridad de los policías y de sus familias que en ciertos casos puede peligrar, pero esta nueva circunstancia legal puede dar lugar a una frontera difusa en ciertos casos y que sirva para ocultar una mala actuación por parte de las fuerzas de seguridad del Estado. Por otra parte, hay que tener en cuenta que el derecho a la información está recogido por la constitución y, por tanto, en caso de conflicto prevalecería el derecho a la información.

La pornografía infantil, si no es real, también es delito

La nueva reforma del Código Penal amplía la definición de pornografía infantil no sólo las imágenes explícitas, sino también a todo aquello que represente de forma visual a un menor. De esta forma, la publicación de ciertas escenas como por ejemplo de A Serbian Film, cuya exhibición en el festival de Sitges acabó con la imputación del director del certamen Ángel Sala debido a una escena en la que se violaba a un menor.

Sala fue absuelto tras demostrar que la secuencia fue rodada usando muñecos, sin embargo con la redacción actual del código penal este juicio bien podía haber acabado con una sentencia condenatoria, como apunta Almeida en su blog. Esto se aplica a cualquier representación gráfica, incluso aunque sea un dibujo.

Por otro lado, se criminaliza la difusión de imágenes íntimas de personas si estas han sido obtenidas en un marco privado con hasta tres años de cárcel. Las penas se impondrán en su margen superior si quien las publica es el cónyuge o alguien que haya tenido una relación con la víctima. Esto, en otras palabras, convierte en delito el revenge porn, o la divulgación de cualquier imagen de carácter erótico o pornográfico sin consentimiento del protagonista. Es decir, que no podrás tuitear las fotos sexis que te mandan las chicas de Tinder.

La definición de enaltecimiento del terrorismo, ampliada

Además, la nueva Ley Antiterrorista aprobada tras el pacto entre PP y PSOE amplía también la definición de enaltecimiento del terrorismo. A partir de ahora la justificación de los los actos terroristas y el menosprecio o descrédito a las víctimas  también será considerado enaltecimiento del terrorismo, castigado con hasta tres años de cárcel. El principal de este punto radica en dibujar dónde está la línea entre justificar un atentado y explicar las razones por las que alguien lo ha cometido. De esta forma, tratar de desgranar en las redes sociales la sucesión de ideas que ha llevado a alguien a cometer un atentado terrorista puede acabar metiéndote en problemas.

También se ha hablado mucho de el hecho de que con la nueva legislación el hecho de visitar regularmente páginas yihadistas pueda ser considerado un delito de terrorismo, sin embargo no es exactamente así. Es cierto que la ley contempla este hecho, pero también indica que para que visitar estas webs sean delito, tiene que hacerse con la intención de capacitarse para cometer algún delito, de forma que si visitas estas webs para documentarte para, por ejemplo, escribir un artículo o una novela sin intención de llevar a cabo ningún atentado terrorista no estarás cometiendo ningún delito.

Unas leyes sobre las que se ha escrito mucho

Vivimos en una época muy complicada, en el que el poder se ha ganado -muy a pulso, hay que decir- la antipatía de buena parte de la población. Eso, unido a que la revolución de las redes sociales en los últimos años ha permitido que cualquier ciudadano tenga una voz que pueda llegar vía retuits a miles y miles de personas. Internet ha solucionado el problema de la falta de información, pero nos ha traído el exceso de información.

Este trío de leyes ha servido a mucha gente para lanzar ataques contra el Gobierno que las ha elaborado, en algunos casos con razón pero en otras a través de medias verdades. Podemos discutir todo lo que se quiera sobre el criterio con el que se permiten o no las manifestaciones, o incluso podemos discutir si las autoridades deben tener la facultad de decidir qué manifestaciones son legales o no, pero lo cierto es que con el ordenamiento legal actual es así y es coherente que lanzar un tuit animando a ir a una manifestación ilegal sea sancionable, al fin y al cabo estás incitando a cometer un delito.

Las nuevas leyes van mucho más allá de la temática de este blog y tiene muchos puntos altamente discutibles, -por ejemplo, lo que respecta a la pornografía infantil simulada, por no salir de la temática tecnológica- y otros, como el revenge porn, en el que muchos estaremos de acuerdo en que los legisladores han acertado en su planteamiento.

Debo reconocer que cuando comencé este post mi idea era lanzarme con garras, colmillos y un afilado teclado qwerty a criticar estas leyes y al gobierno que las ha elaborado, pero tras investigar y hablar un abogado, mi percepción sobre esta ley ya no es la misma. En lo que respecta al uso que podemos hacer de nuestro teléfono, la gran mayoría de la población, tuiteros o no, podrá seguir haciéndolo de forma normal. Y sí, podremos seguir defecando en el árbol familiar de Don Mariano Rajoy Brey con la misma felicidad que hasta ahora.

Imagen de cabecera yelling.es