Sucursal del Banco Santander en una imagen de archivo.

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Bruselas escoge seis recursos sobre la caída del Popular que servirán de base para el resto

El Tribunal de Justicia deja otros 91 recursos en suspenso a la espera de fallar sobre los más representativos que se han presentado. 

9 mayo, 2018 16:25

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La ingente cantidad de recursos presentados contra la resolución del Popular ha llevado a la Justicia Europea ha adoptar una medida infrecuente. La Corte ha decidido que de las 97 demandas que se han registrado, va a juzgar y sentenciar sobre seis de ellas. El resto quedarán suspendidas hasta que exista una sentencia sobre las que el Tribunal considera que son las más representativas.

En un documento al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el Tribunal explica que hay un “solapamiento sustancial entre los motivos de recurso y los argumentos invocados por las partes” entre la mayor parte de los recursos presentados y los seis que van analizar. De este modo, consideran los jueces que “el examen permitirá pronunciarse sobre la legalidad de las decisiones de la JUR y de la Comisión, así como sobre la validez de las pretensiones indemnizatorias”.

Entre los recursos que van a analizar están los presentados por el mexicano Ángel del Valle, el del chileno Luksic, así como el del fondo Algebris. También se van a estudiar los recursos presentados por Eleveté Invest Group, Liaño Reig y la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, que está representada por el despacho Ramón C. Pelayo Abogados.

Los motivos

A juicio del Tribunal estos seis recursos concentran distintas líneas argumentales que recogen la esencia de la mayor parte. La primera de ellas, la vulneración de distintos derechos por el “insuficiente acceso público a las decisiones”; “la violación del deber de diligencia y de buena administración, debido a la actitud de la JUR y su Presidenta”, Elke König.

También se contempla la posibilidad de estudiar la violación del derecho de propiedad y los principios de proporcionalidad y no discriminación. Y es que, según algunas demandas, “el instrumento de resolución provocó una depreciación de las acciones”.

Se va a estudiar también la impugnación del informe de valoración desarrollado por Deloitte y, por último, la violación de distintos artículos del Reglamento de la Unión Europea, del Parlamento Europeo y del Consejo en los que se basa el Mecanismo Único de Resolución (MUR) que conllevó a la resolución del Banco Popular. Aseguran los recursos que “no concurren los requisitos para la aplicación del instrumento, dado que no se demostró la falta de viabilidad del banco, y a que no se consideraron otros instrumentos” menos lesivos para los accionistas.

El Tribunal destaca también que muchos de los documentos presentados por las defensas hablan de que la resolución del Popular a través de la Junta Única de Resolución (JUR) “vulnera” el principio de delegación de competencias y una serie de derechos fundamentales como el de “propiedad, proporcionalidad y el derecho a ser oído”.

Habrá oportunidad

Sea como fuere, Luxemburgo asegura en el escrito enviado a las partes que, una vez reanudados los procedimientos suspendidos, se podrían pronunciar “sobre las consecuencias a extraer” de las resoluciones firmes respecto a todas las cuestiones planteadas.

Ahora las distintas partes implicadas tienen tiempo para hacer sus observaciones sobre la suspensión hasta el 18 de mayo.