Cristiano Ronaldo, durante un calentamiento esta temporada.

Cristiano Ronaldo, durante un calentamiento esta temporada. REUTERS

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La final de la Champions en abierto reabre la guerra por el "interés general"

Moncloa mantiene un delgado equilibrio con los eventos deportivos que deben emitirse en televisión gratuita.   

13 septiembre, 2017 02:04

Este semana ha comenzado una nueva temporada de Champions League, la última que se podrá ver en televisión en abierto, según las condiciones en que Mediapro y Bein Sports compraron los derechos de la máxima competición europea de clubes antes del pasado verano. Según las cláusulas pactadas con la UEFA -que elevaron el precio de la subasta final- la productora puede emitir todos los partidos de la competición en el pago.

Con ello se reabre la guerra por famoso catálogo de interés general y los eventos deportivos que por ley deben emitirse en televisión en abierto. La Ley Audiovisual de 2010 no obliga a retransmitir un partido semanal de la Champions aunque, según ha podido confirmar EL ESPAÑOL, durante estas temporadas de pago (2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021) sí que se emitirá la final del campeonato, precisamente atendiendo a esta "ley de interés general".

No es primera vez que existen diferentes interpretaciones de este catálogo. De hecho, existe un largo historial de desencuentros entre las televisiones por la manera en que se ha gestionado históricamente este catálogo. Tanto Mediaset como Atresmedia manifiestan en privado su descontento porque Moncloa no aporta claridad sobre el tema, y deja a la libre interpretación de los operadores de pago la manera en que se deben ceder estos derechos a las cadenas en abierto.

Eventos incluidos en el catálogo

Se asumen como eventos de interés general los Juegos Olímpicos de invierno y verano, los partidos oficiales de la Selección Española absoluta de fútbol y de baloncesto, las semifinales y la final de la Eurocopa y el Mundial de Fútbol, los grandes premios de motociclismo y automovilismo que se celebren en España, las semifinales y finales de Roland Garros si hay tenistas españoles, La Vuelta ciclista a España y la final de la Champions League.

No obstante, en la Ley Audiovisual de 2010 estos eventos se incluían solo como propuestas (“los acontecimientos de interés general para la sociedad que pueden incluirse en el citado catálogo habrán de escogerse del siguiente elenco”) para elaborar el catálogo, un documento que finalmente debía dictar el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, que nunca ha sido creado.

Puestos en contacto con la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC), organismo que ha asumido las atribuciones de este consejo, nos confirman que efectivamente no se ha actualizado el catálogo y que por tanto los únicos eventos que es obligatorio incluir son a los que se refiere la Disposición Transitoria Sexta de esta Ley.

Consejo Estatal de Medios Audiovisuales

“Hasta tanto no se apruebe por el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales el catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad, se emitirá en directo y abierto, y para todo el territorio del Estado, un encuentro de fútbol por cada jornada de la Liga de primera división, así como las semifinales y la final de la Copa del Rey de fútbol, siempre que haya algún canal de televisión en abierto interesado en emitirlo”.

De esta manera, se explica que eventos incluidos en el catálogo de 2010 "como posibilidad" finalmente no se hayan respetado para el abierto. Este ha sido el caso del Gran Premio de Motociclismo de España que se celebró en Jerez y que se vio solo en Movistar+, en el pago. De hecho, Telefónica solo ha sacado a subasta el GP de Aragón a pesar de que este listado incluye los cuatro premios que se corren en España.

Esto se produce porque, a excepción de un partido por jornada de Liga y las semifinales y final de la Copa del Rey de fútbol, no hay obligatoriedad de emitir estos eventos en abierto ni tampoco que los dueños de sus derechos hagan una subasta. Su carácter "orientativo" y la no promulgación de un catálogo oficial dan margen de maniobra a los operadores.

Coinciden los eventos de interés general

Diferente situación es que los dueños de los derechos y las televisiones en abierto lleguen a un acuerdo, lo que generalmente hace coincidir estos eventos del catálogo con lo que finalmente se emite en abierto. Un pacto en el que Moncloa tiene la última palabra.

Las informaciones confirmadas por EL ESPAÑOL indican que es el Ministerio de la Presidencia el único organismo que podría incluir eventos de interés general en esta disposición transitoria, pero que solo puede hacerlo en situaciones puntuales, ya que una actualización completa del catálogo (o su creación) debería necesariamente pasar por la CNMC.

Este margen de maniobra que mantiene Moncloa y el Gobierno le faculta para decretar eventos de interés general de deportes o encuentros deportivos cuya no emisión en abierto suscite cierto revuelo social. Es una solución de emergencia para evitar crisis, aunque las fuentes consultadas en el sector indican también que es un elemento disuasorio del Gobierno para precisamente no llegar a situaciones como que la Selección Española de Fútbol no se vea en abierto.

TVE, el as bajo la manga de Moncloa

Hasta el momento, las televisiones han respetado este catálogo ciñéndose a las “sugerencias” de la Ley y si es que algún evento no ha generado interés comercial (como la participación española en los Campeonatos del Mundo y Europa de atletismo y natación o la participación de la Selección Española Absoluta en los Campeonatos de Europa y del Mundo de balonmano), TVE ha salido al rescate de Moncloa comprando y emitiendo estos torneos.

TVE también se ha quedado con los derechos del GP de España de F1, ante el escaso interés de los operadores privados en abierto. Otro ejemplo de la voluntad de las televisiones para respetar este catálogo "no dictado" es la emisión de la final de Roland Garros de este año por Discovery Max (con los derechos de Eurosport, su matriz) y la no retransmisión de la final del US Open, dos partidos ganados por Rafael Nadal.

La única diferencia es que el primero está incluido de manera orientativa en la Ley de 2010, aunque oficialmente no hay obligatoriedad de emitirlo. Un delgado equilibrio en el que Moncloa confía en la buena voluntad y en el previo acuerdo de las televisiones manteniendo en el aire, siete años después, el dictamen definitivo del catálogo de eventos de interés general. Una situación que explica que la final de la Champions League se pueda vea en abierto.