Después de conocer que finalmente la Real Federación Española de Fútbol se opuso a la petición de la AFE de suspender el choque que enfrentará al Málaga y al Reus este domingo a las 20:00 horas, la actual presidenta del Comité de Competición de la RFEF, Carmen Pérez, ha explicado los motivos que les han llevado a tomar esta decisión en un comunicado.

Carmen Pérez expone que la AFE no tiene poder para solicitar la suspensión de un partido, y aunque afirma que la acción es comprensible ya que se trata de un acto que lucha por los intereses de los futbolistas, la presidenta alega que se trata de actuación que achaca directamente a LaLiga y a la RFEF.

"En primer lugar resulta preciso afirmar que es loable y comprensible que la Asociación de Futbolistas Españoles y, en concreto, el Presidente de dicho organismo, el Sr. Aganzo, tenga como premisa fundamental velar por el bien de todos los jugadores afiliados a su Asociación", comienza explicando.

"Dicho esto, debe señalarse que las funciones y competencias de la Asociación de Futbolistas Españoles vienen delimitadas en sus Estatutos Sociales, no recogiéndose expresamente, en ningún caso, la facultad de solicitar la suspensión de un encuentro, sea cual fuere el motivo. De hecho se deduce que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, es dudoso que la Asociación de Futbolistas Españoles ostente legitimación alguna para presentar una solicitud como la que motiva la presente resolución", afirma el comunicado.

No obstante, reconocen que "dada la excepcional gravedad de las presentes circunstancias, se ha decidido la tramitación del presente procedimiento, se ha dado trámite de audiencia a los Clubes interesados y a la Liga Nacional de Fútbol Profesional, y se resolverá sobre el fondo del asunto.

Los jugadores del Reus en un entrenamiento. Foto: Twitter (@cfreusdeportiu)

No se incumple ninguna premisa

El escrito de Carmen Pérez, continúa exponiendo todos los motivos por los que la RFEF se ha opuesto a la suspensión del encuentro:

Para poder disputar un enfrentamiento, cada equipo debe contar con siete futbolistas de la plantilla inscritos en la categoría," siempre que tal anomalía no sea consecuencia de la voluntad del club sino que esté motivada por razones de fuerza mayor". El Reus contaba con doce jugadores inscritos, por lo que se cumplen ambas premisas.

Para Pérez, presuponer que los futbolistas del equipo catalán fuese a afrontar el partido con menor empeño debido a la situación que atraviesan en el equipo sería dar por hecho un comportamiento "poco  diligente y carente de fundamento", y esto supondría dudar de la profesionalidad de los futbolistas.

La presidenta del Comité de Competiciones de la RFEF, explica que todas las causas válidas para la suspensión de un encuentro ya están perfectamente recogidas en los artículos 239 y 240.1 del Reglamento:

 "No podrá autorizarse la suspensión y aplazamiento de un encuentro a fecha que suponga alteración del orden del calendario salvo razones de fuerza mayor indubitadamente acreditadas o recogidas reglamentariamente", afirma. "No se entenderá como causa de fuerza mayor la perdida de la equipación o ropa deportiva para suspender un partido, estando obligado el equipo que la padeciese a celebrar el encuentro con los medios de los que disponga y el local a facilitarle el material necesario dentro de sus posibilidades", recuerda.

También señala que "en ningún caso podrán invocar los clubes como fuerza mayor para solicitar tal suspensión y tal aplazamiento de un encuentro la circunstancia de no poder alinear a determinados futbolistas por estar sujetos a suspensión federativa, por padecer enfermedad o lesión, o por haber sido llamados para intervenir en sus selecciones nacionales".

Sí recoge como fuerza mayor "el hecho de que por circunstancias imprevisibles causen baja, simultáneamente, un número de futbolistas que reduzca la plantilla a menos de once", situación que tampoco vive el Reus al contar con doce jugadores.

Carmen Pérez concluye argumentando que no se incumple ninguna norma por la que el choque no se pueda disputar con normalidad, y termina con un palo hacia la AFE al recordar que el único órgano competente para la suspensión de partidos es la RFEF.

 "La RFEF tiene la facultad de suspender cualquier encuentro cuando prevea la imposibilidad de celebrarlo por causas excepcionales", artículo 240.1 Reglamento General.

[Más información: LaLiga le quita sus derechos al Reus, que podrá seguir compitiendo]

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