Las claves
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Un hombre de Murcia ha conseguido que sea reconocido su derecho a ser indemnizado con 20.000 euros tras haber recibido una cirugía insatisfactoria en su pene. Al parecer, el hombre no fue correctamente informado de que el tamaño de su miembro podía verse reducido.
Este paciente sufría la enfermedad de Peyronie, que se caracteriza por la formación de un tejido cicatricial fibroso en los estratos más profundos de la piel del pene. Ese tejido formado provoca que el pene se doble durante la erección, provocando un dolor intenso.
Esta condición, por tanto, incapacita para las relaciones sexuales porque las hace dolorosas y, además, a la persona afectada le puede costar mucho mantener la erección. El problema se puede solventar con cirugía, como en el caso de este hombre de Murcia.
En la sentencia se recoge que, después de haber atravesado un tratamiento conservador que no produjo los resultados esperados, el paciente recibió una corporoplastia. El paciente atribuye a esta última intervención secuelas importantes y pidió una indemnización.
Tal y como recoge el diario Sur, la indemnización que pidió superó los 67.000 euros en compensación por, según él, no ser advertido de las posibles consecuencias de la operación. La indemnización final representa un 40% de lo que el paciente exigió.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha estimado parcialmente el recurso del paciente, pero descarta de manera expresa la existencia de mala praxis médica en la actuación de los sanitarios.
"La resolución subraya que la intervención estaba indicada desde el punto de vista clínico, que se ajustó a la lex artis y que las secuelas descritas —como el acortamiento del pene o la persistencia de dificultades funcionales— constituyen riesgos inherentes a la técnica".
Consentimiento informado
Así lo explica el artículo de Sur y añade que no se produjo negligencia ni una ejecución incorrecta de la operación. Ahora bien, sí que la sentencia reconoce "una infracción relevante en el ámbito del consentimiento informado" que el paciente firmó.
"La Sala considera que la información facilitada fue genérica y carente del detalle necesario para permitir una decisión verdaderamente libre y consciente", recoge la noticia. En concreto, fueron dos advertencias las que no quedaron claras en el documento.
La primera era la elevada probabilidad que existía de que la operación no resolviera el problema por el que el paciente recibía la cirugía. Y la segunda, que el acortamiento del pene es una consecuencia frecuente e inevitable, con posible impacto en su vida sexual.
Con respecto a esto, "la Sala se apoya en una consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo, que considera que la falta o insuficiencia de información genera un daño moral indemnizable, aun cuando no exista una mala praxis en la actuación médica".
El paciente, por tanto, tiene derecho a recibir 20.000 euros porque la cirugía no se consideró "imprescindible para la salud del paciente, no había garantía de que la misma fuera a solucionar los problemas que sufría y además existían efectos negativos o complicaciones muy frecuentes", señala la sentencia.
"Resulta evidente que no se contemplan en el consentimiento informado", continúa. "No parece que una información genérica y vacía de contenido como la que firmó el actor pueda cubrir esos requisitos".
