Instalación de placas fotovoltaicas

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Zamora

Ecologistas en Acción y Zamora Viva acusan al Gobierno de limitar las evaluaciones ambientales "rigurosas"

Creen que el Ejecutivo "pretende arrebatar el derecho público a la información y participación"

28 abril, 2022 13:01

Ecologistas en Acción de Zamora y la Plataforma para la defensa del territorio Zamora Viva han mostrado su rechazo a la convalidación del Real Decreto ley 6/2022 que impone la vía de urgencia en la tramitación de las MACRO renovables. Una norma que consideran que "pretende arrebatar el derecho público a la información y participación", amparado en el artículo 105 de la Constitución.

Ambas asociaciones consideran que la tramitación de urgencia "limita la realización de estudios rigurosos de evaluación ambiental, atentando contra el art. 45 de la Constitución que propugna que los poderes públicos velarán por el uso racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medioambiente". Así mismo, vulnera el principio de no regresión desde el punto de vista ambiental y vulnera la transferencia de poderes a las comunidades autónomas en materia de planificación territorial, puesto que "impone" su mapa de sensibilidad ambiental.

Del mismo modo, la convalidación de este Real Decreto ley creen que dificulta la realización de estudios sobre el impacto de los proyectos eólicos y fotovoltaicos en nuestro patrimonio histórico, cultural y artístico, "cuando es deber de los poderes públicos garantizar su conservación y promover su enriquecimiento, en los términos del art. 46 de la Constitución".

El Real Decreto ley 6/2022 por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania («BOE» núm. 76, de 30/03/2022), recoge en su Capitulo III la eliminación de la tramitación ambiental contemplada en la Ley de 21/2013 de evaluación ambiental de los proyectos de energías renovables de competencia estatal y hasta los 75 MW de potencia (para parques eólicos) y 150 MW (para los parques solares), sustituyéndola por un "informe de determinación de afectación ambiental". Este documento, equiparable a una DIA (Declaración de Impacto Ambiental) o Informe de impacto ambiental, no está obligado a estudiar en detalle la diversidad de impactos que se producirán, y elimina el derecho de los ciudadanos afectados de señalar aquellos no contemplados o subestimados y errores técnicos.

Cabe recordar que el Convenio europeo del paisaje otorga a la participación pública todo lo relativo al paisaje, "como elemento fundamental a evaluar en los estudios de impacto ambiental de los proyectos públicos y privados", por lo que Zamora Viva y Ecologistas en Acción de Zamora consideran que "se vulnera" el Convenio europeo del Paisaje.

Además, al eliminar la participación de la ciudadanía en el inicio del proceso se vulneraría también el Convenio de Aarhus, del que España es parte. Hay que recordar que los compromisos internacionales y comunitarios obligan a la difusión de amplia información ambiental, como es por ejemplo información sobre la legislación, sobre el estado del medioambiente, sobre proyectos, planes y programas o sobre decisiones que se adopten que pueden afectar al medioambiente.

Las condiciones que establece este Real Decreto ley 6/2022 para los proyectos potencialmente "exentos" de evaluación de impacto significan un procedimiento "exprés" que reduce a la mitad el tiempo de tramitación pero que inflige la normativa vigente.