El cliente presentó la correspondiente denuncia ante el Cuerpo Nacional de Policía

El cliente presentó la correspondiente denuncia ante el Cuerpo Nacional de Policía

Valladolid

Un vallisoletano recupera 23.000 euros por un préstamo que no pidió: el banco no le envió notificación

La sentencia destaca que, ante la sofisticación de prácticas delictivas como el phishing, los bancos deben implementar soluciones tecnológicas avanzadas y no limitarse a ofrecer avisos genéricos en sus páginas web.

Más información: Ya es oficial: los bancos no pueden cobrar comisión e intereses a la vez si una tarjeta se queda en descubierto

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El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valladolid ha dictado una sentencia que supone un importante respaldo para los usuarios de banca digital en la capital vallisoletana.

El magistrado-juez Jesús Manuel González Villar ha estimado la demanda interpuesta contra la entidad ING BANK NV, sucursal en España, tras un incidente de seguridad que afectó a un vecino de la ciudad en octubre de 2024.

Según recoge el fallo judicial al que ha tenido acceso este medio, el demandante, que mantenía una cuenta "Nómina" en la entidad desde enero de 2023, descubrió el 3 de octubre de 2024 que se había contratado a su nombre un préstamo de 23.000 euros sin su consentimiento.

Esta cantidad fue ingresada en su cuenta y, acto seguido, transferida de forma fraudulenta a una cuenta de otra entidad bancaria según informa a este medio.

Durante el procedimiento celebrado en los juzgados de la calle Nicolás Salmerón, el afectado expuso que no recibió ningún tipo de mensaje, alerta o sistema de autenticación de doble factor por parte de ING para confirmar la validez de estas operaciones.

"Esta resolución refuerza la obligación de las entidades financieras de responder ante fraudes bancarios, especialmente en casos de phishing", explican desde el equipo de AC-Abogado.

A pesar de que el cliente comunicó el fraude de inmediato al servicio de atención al cliente y presentó la correspondiente denuncia ante el Cuerpo Nacional de Policía, el banco desestimó inicialmente su reclamación de reembolso alegando que el usuario había actuado con negligencia grave en la custodia de sus claves personales.

Sin embargo, el magistrado vallisoletano fundamenta su decisión en el Real Decreto-ley 19/2018 y en la jurisprudencia de la propia Audiencia Provincial de Valladolid, señalando que corresponde al proveedor de servicios de pago demostrar que la operación fue autenticada correctamente y que no existió un fallo técnico.

La sentencia destaca que, ante la sofisticación de prácticas delictivas como el phishing, los bancos deben implementar soluciones tecnológicas avanzadas y no limitarse a ofrecer avisos genéricos en sus páginas web.

Al no haber acreditado la entidad financiera que el demandante incurriera en una falta de diligencia significativa, el juez ha condenado a ING a devolver los 23.000 euros sustraídos, más los intereses legales generados desde la interposición de la demanda y el pago de las costas procesales.