Agente de la Policía Nacional en Valencia. Policía Nacional
El TSJ de Castilla y León da la razón a un policía nacional y ordena al Estado pagarle 3.600 euros por lesiones en servicio
La Dirección General de la Policía había rechazado inicialmente la reclamación presentada por el agente al considerar que el derecho a recibir una indemnización había prescrito.
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El sindicato policial JUPOL, mayoritario en la Policía Nacional, ha logrado una nueva victoria judicial en defensa de los derechos de un agente destinado en Castilla y León.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado íntegramente el recurso presentado por los servicios jurídicos del sindicato en Valladolid y ha condenado a la Administración General del Estado a indemnizar al agente con 3.600,05 euros, además de los intereses legales correspondientes, por las lesiones sufridas durante una intervención policial en acto de servicio.
La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal autonómico, supone un nuevo respaldo a la labor jurídica que desarrolla el sindicato en la defensa de los policías nacionales frente a resoluciones administrativas que consideran injustas.
Además, reafirma la obligación de la Administración de proteger y resarcir a los agentes que resultan heridos mientras desempeñan su trabajo.
En este caso, la Dirección General de la Policía había rechazado inicialmente la reclamación presentada por el agente al considerar que el derecho a recibir una indemnización había prescrito.
Sin embargo, el tribunal ha rechazado esa interpretación y ha reconocido el derecho del policía a percibir la cantidad reclamada en aplicación del principio de indemnidad, que obliga a la Administración a reparar los daños sufridos por sus funcionarios cuando se producen con ocasión del servicio.
La resolución también aclara una cuestión clave sobre los plazos legales. El tribunal establece que el plazo de prescripción no comienza cuando se producen las lesiones, sino cuando el agente tiene conocimiento fehaciente de la insolvencia del responsable civil condenado.
En el caso analizado, la Sala determina que ese conocimiento se produjo en noviembre de 2023, por lo que la reclamación presentada en marzo de 2024 estaba dentro del plazo legal de cuatro años.
Además, la sentencia recuerda que esta obligación de compensación no se basa en la responsabilidad patrimonial ordinaria de la Administración, sino en la propia relación de servicio que existe entre el funcionario y el Estado, lo que refuerza la protección jurídica de los policías nacionales que sufren daños mientras cumplen con su deber.
Desde JUPOL han destacado el trabajo realizado por sus servicios jurídicos en Valladolid, encabezados por la letrada Verónica Rodríguez, cuya actuación ha sido clave para lograr esta resolución favorable.
El sindicato subraya que la sentencia no solo supone una reparación económica para el agente afectado, sino que también puede servir de precedente para otros policías nacionales que, tras resultar lesionados en acto de servicio, se han encontrado con negativas administrativas a la hora de reclamar una indemnización.
JUPOL ha reiterado que seguirá utilizando todas las vías legales a su alcance para garantizar que los agentes que resulten heridos en el ejercicio de sus funciones reciban la protección y compensación que les corresponde.