Imagen de un patinete eléctrico.

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Valladolid

Valladolid prohibirá el uso de patinetes eléctricos a menores de 16 años y será obligatorio un seguro de responsabilidad civil

El Ayuntamiento ha preparado una ordenanza que será pionera en la regulación de los vehículos de movilidad personal, incluyendo también novedades para los usuarios de bicicletas y ciclos.

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Los menores de 16 años tendrán prohibido el uso de vehículos de movilidad personal (VMP), en su mayoría patinetes eléctricos, en Valladolid, mientras que el resto de usuarios tendrán que tener obligatoriamente un seguro de responsabilidad civil. Esta es una de las novedades de la nueva ordenanza que entrará en vigor próximamente y que incluye nuevas normas también para bicicletas y ciclos.

De esta manera, Valladolid se convertirá en "pionera" en la regulación de la movilidad de los VMP, según ha destacado el concejal de Tráfico y Movilidad, Alberto Gutiérrez Alberca, durante la presentación de la ordenanza que viene a sustituir a la vigente desde 2015 y cuyo proyecto ha sido aprobado este lunes en la Junta de Gobierno Local. Seguidamente, pasará por la Comisión Informativa de Movilidad hasta su luz verde definitiva en pleno ordinario y posterior plazo de alegaciones, hasta su entrada en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.

Una entrada en vigor que, según Gutiérrez Alberca, llegue en torno al mes de septiembre para el caso de las bicicletas y ciclos y a partir del 1 de enero de 2026 para los VMP. "Es una nueva ordenanza totalmente diferente a la que actualmente está en vigor. Pretende regular los nuevos usos ciclistas y la movilidad compartida", ha apuntado el edil titular del área competente.

Asimismo, ha subrayado la importancia de la regulación de los VMP y más si cabe cuando han estimado que en la actualidad en Valladolid hay unos 4.000 vehículos de este tipo. Algo que el concejal achaca a la pandemia y a las innovaciones tecnológicas, lo que ha provocado esta regulación dado que hasta ahora esta era "insuficiente". "Tiene una máxima principal, que es la seguridad vial", ha asegurado.

La nueva ordenanza se ha dividido en tres capítulos. El que corresponde a los VMP señala que estos pueden circular por vías ciclistas en las mismas condiciones que las bicicletas. En el caso de hacerlo por la calzada, los usuarios que quieran abandonar la misma deberán bajarse y cruzar a pie por los pasos peatonales salvo que exista un paso para bicis.

En las rotondas han de ocupar el espacio necesario para ser visibles y los vehículos a motor deberán guardar una distancia mínima de 5 metros para circular detrás de un VMP. Para adelantarles, será necesario dejar mínimo 1,5 metros de distancia lateral o hacer un cambio completo de carril en el caso de que haya más de uno por sentido.

Estará prohibido circular en paralelo, podrán sobrepasar vehículos detenidos si hay espacio y podrán ocupar una zona avanzada de espera si está debidamente señalizada. No estará permitido que los VMP circulen por aceras y zonas peatonales y no podrán hacer uso de los mismos los menores de 16 años. Será obligatorio señalizar con el brazo para indicar maniobras y el uso del casco, debidamente abrochado, será de obligado cumplimiento.

También habrá que usar una prenda o elemento luminoso/retrorreflectante desde el ocaso hasta el amanecer o en condiciones donde existan unas condiciones de baja visibilidad. Una de las novedades más importantes es que los usuarios de VMP tendrán que portar una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil.

Asimismo, los agentes de la Policía Municipal podrán inmovilizar el VMP si el conductor es menor de edad, hay ausencia del seguro obligatorio, no está inscrito en un registro municipal que Gutiérrez Alberca ya ha avanzado la intención del Ayuntamiento de Valladolid de crear, circula por zonas peatonales o sin casco o elementos de visibilidad en condiciones de baja iluminación.

El objetivo de crear el registro es prevenir robos y facilitar la identificación y será obligatorio durante el primer año desde su implementación. Estará ajustado a la normativa de protección de datos y tráfico estatal.

Otro de los capítulos de la nueva ordenanza está dedicado a las bicicletas y ciclos. Aquí se marca que los usuarios de bicicletas o ciclos deberán circular preferentemente por el centro del carril si la seguridad lo permite en las vías de un solo carril por sentido. Donde haya dos, se usará el derecho, salvo para cambios de dirección o motivos de seguridad.

En caso de calles urbanas con velocidad limitada a 30 km/h y con señalización específica, podrán permitir la circulación en sentido contrario. Asimismo, autorizarán circular en paralelo dentro del mismo carril si no supone riesgo para el resto de usuarios.

En semáforos o retenciones, los ciclistas podrán adelantar si hay espacio suficiente y tendrán permitido sobrepasar la línea de detención si existiese una de espera avanzada debidamente señalizada. Podrán circular por túneles salvo que haya una señalización contraria, usando alumbrado trasero y delantero.

Tendrán prohibido circular por carriles reservados para autobuses urbanos, salvo señalización expresa. Asimismo, no tendrán permitido circular por aceras, debiendo bajarse y caminar con la bici. Los menores de 12 años podrán circular por aceras en el caso de ir acompañados por un adulto a pie.

En zonas peatonales, la circulación de bicicletas estará permitida en ambos sentidos, también en zonas peatonales comerciales debidamente señalizadas, siempre fuera del horario de carga y descarga. También se podrá ir por zonas peatonales en trayectos imprescindibles para acceder a aparcamientos, estaciones de bicicletas públicas, portales o vados.

Los vehículos deberán, al igual que con los VMP, mantener una distancia de cinco metros para circular por detrás de las bicicletas. Estas últimas podrán adelantar por derecha o izquierda según convenga a su seguridad y podrán rebasar vehículos en semáforos si existe una zona de espera adelantada.

Estará permitido transportar pasajeros, carga o mascota si la bicicleta cumple con la normativa técnica. Se podrán usar remolques y cajas delanteras conforme a norma UNE-EN 15918:2012+A2:2017. Los menores de hasta cinco años podrán ser transportados en asientos adicionales certificados y siempre con casco. Las mascotas deberán ir en un transportín anclado y sujeción adecuada. Estos podrán circular por vías urbanas y ciclistas, si su tamaño lo permite. Si circulan lentamente, deberán hacerlo preferiblemente por vías ciclistas.

El uso del casco será obligatorio para menores de 16 años y profesionales en bicicletas o ciclo en vías urbanas. Recomendado para el resto de usuarios. Asimismo, deberán utilizarse prendas o elementos retrorreflectantes o luminosos entre el ocaso y el amanecer, o momentos de mala visibilidad.

El tercero de los capítulos responde a las actividades económicas y profesionales relacionadas con las bicicletas y los VMP. El alquiler o uso compartido de los mismos deberán estar autorizados previamente mediante convocatoria pública.

Los conductores profesionales deberán disponer obligatoriamente del seguro de responsabilidad civil suficiente. Las empresas que alquilen bicicletas o VMP para actividades turísticas deben contar con autorización municipal. Se establecerán rutas, puntos de estacionamiento y horarios. Deberán circular preferentemente por vías ciclistas. Los grupos no deben bloquear las mismas.

El uso del casco será obligatorio para cada usuario y el seguro de responsabilidad civil. Los vehículos deben estar en perfecto estado y cumplir la normativa técnica.