
Un momento del festival de magia celebrado en Valladolid Festival Valladolid – Magia de Cerca
Denunciado un festival de magia de Valladolid por cobrar todavía un ‘seguro covid de no asistencia'
FACUA-Consumidores en Acción lo ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Junta de Castilla y León.
Más información: Facua denuncia al Real Valladolid y pide que devuelva el dinero a sus abonados: “Es un cobro abusivo e injusto”
Las normas de los conciertos y festivales siempre son sinónimo de polémica. La última, una por cobrar un “seguro covid de no asistencia”, lo curioso es que esta imposición llega cinco años después del temible virus.
Así, FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Junta de Castilla y León a Crocantickets SL, empresa que gestiona la plataforma Entradium, por cobrar un «Seguro COVID de no asistencia» en las entradas para la sexta edición del Festival Valladolid – Magia de Cerca celebrado el pasado 7 de febrero de 2025.
En las entradas, en el apartado de Condiciones particulares del evento, aparecía la cantidad de 0,28 euros como coste del «Seguro covid de no asistencia».
Además, según denuncia la asociación de consumidores, en esta entrada no aparece bien desglosado el precio, por lo que se entiende que la cuantía de este seguro ya está incluida en los 14 euros que costaba el ticket para asistir al evento.
La asociación considera que cobrar este cargo extra haciendo referencia a una enfermedad cuya incidencia actualmente “es casi inexistente”, es una práctica del “todo abusiva”, ya que vulnera los derechos de los consumidores y usuarios.
Además informa a los usuarios que se hayan visto afectados por condiciones o cláusulas abusivas en este u otro tipo de eventos a los que hayan acudido o tengan previsto acudir que pueden ponerlo en conocimiento de la organización para que realice las correspondientes actuaciones.
En el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias queda claro que, antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por cualquier contrato a distancia o vinculado fuera del establecimiento, el empresario le facilitará de forma clara y comprensible «el precio total de los bienes o servicios, incluidos los impuestos y tasas, o, si el precio no puede calcularse razonablemente de antemano por la naturaleza de los bienes o de los servicios, la forma en que se determina el precio, así como, cuando proceda, todos los gastos adicionales de transporte, entrega o postales y cualquier otro gasto».