TSJCyL en una foto de archivo

TSJCyL en una foto de archivo ICAL

Segovia

El TSJCyl reduce de 11 a 6 años la pena de cárcel a un joven que mantuvo relaciones sexuales con su pareja adolescente

Ha estimado parcialmente el recurso del acusado atendiendo a la atenuante por proximidad de edad y madurez, pero mantiene el resto de condena de la Audiencia Provincial de Segovia.

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reducido de 11 a 6 años de cárcel la pena impuesta a un joven que mantuvo relaciones sexuales en Segovia con una joven que tenía menos de 16 años entre febrero de 2022 y mayo de 2023.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, el joven había sido condenado por la Audiencia Provincial de Segovia por un delito de agresión sexual continuado con penetración a menor de 16 años tras mantener con esta una relación sentimental que incluían relaciones íntimas durante cerca de un año.

En primera instancia se le condenó a 11 años de prisión como autor penalmente responsable del delito reflejado en el Código Penal. Sin embargo, el TSJCyL decide ahora reducir dicha pena en aplicación de la atenuante por proximidad de edad y madurez, una vez ha estimado parcialmente el recurso del acusado.

No obstante, se le mantiene la pena de prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros y a comunicarse con ella durante 12 años y la de trabajar o desarrollar voluntariados en labores que impliquen contacto con menores durante 16 años. También deberá abonar una indemnización de 8.000 euros y tener libertad vigilada de ocho años una vez cumpla con la pena de prisión.

Los hechos se remontan al año 2022, cuando ambos iniciaron una relación sentimental siendo el acusado nacido en el año 2000 y la menor en 2007. Durante el periodo que duró la relación, ambos mantuvieron relaciones sexuales consentidas.

Aunque, no obstante, a partir de marzo de 2023 estas pasaron a ser en algunas ocasiones inconsentidas por parte de la víctima, a quien no le apetecía mantenerlas en ciertos momentos, pero accedía finalmente ante la insistencia. No quedando suficientemente acreditado, en cualquier caso, que se hiciera uso de la violencia o fuerza.

Asimismo, tras dejar la relación, el acusado pidió fotos íntimas a través de redes sociales a la menor mientras mantenía relaciones con otra chica, sin que constase que el acusado le mintiese o la prometiese algo falso a cambio del material audiovisual.

Por estos últimos hechos, se le solicitaba también la imposición de los presuntos delitos de coacciones y embaucamiento de persona menor. Sin embargo, la Audiencia optó por absolverle de los mismos, manteniéndose esta condición tras la estimación parcial y reducción de la pena tras el recurso del acusado.