La entrada de la Audiencia Provincial de Salamanca

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Salamanca

Casi seis años de prisión por abusar sexualmente en Salamanca de la hija de siete años de unos amigos

La relación forjada entre el hombre y el matrimonio venía de años atrás al haber sido el varón y uno de los progenitores compañeros de trabajo

18 noviembre, 2022 13:36

La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un hombre por abusar sexualmente de la hija de siete años de un matrimonio con el que mantenía una larga amistad desde años atrás. Además, también se le imputa un delito de exhibicionismo.

Los hechos se remontan al 28 de noviembre de 2020. El condenado acudió entonces a la vivienda del matrimonio a comer, como solía hacer "frecuentemente" a raíz de la prolongada relación de amistad que mantenían. Tras ello, invitó a la hija, nacida en 2013 de estos a ir a su casa a jugar a su casa con una tablet, según refleja la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. Esta proposición fue aceptada por la menor y autorizada por los padres.

Fue entonces cuando se dirigieron al domicilio del encausado, donde se produjo el abuso sexual. El hombre, en un momento dado, bajó los pantalones de la menor y comenzó a "chupar su zona íntima". Tras ello, el varón se bajó los pantalones e instó a la pequeña a que le tocase el pene, pero esta abandonó repentinamente el domicilio y regreso a su casa, lugar a donde llegó sobre las 17:30 horas y contó lo sucedido a su madre. 

Además, aunque sin constar fecha ni hora determinada, días o semanas atrás el varón ya habría mostrado voluntariamente su pene a la víctima del abuso sexual y a su hermana, aún más pequeña, nacida en 2017.

Considerados todos estos hechos probados, según la Audiencia Provincial de Salamanca, el hombre ha sido condenado a cinco años y 10 meses de prisión por los delitos de agresión sexual a menor de 16 años y un delito continuado de exhibicionismo, así como a la prohibición de acercarse a las víctimas a menos de 250 metros y a comunicarse con ella durante al menos seis años a contar a partir del cumplimento de la pena de prisión.

Además, el órgano judicial también ha interpuesto contra el encausado una condena de ocho y cinco años de libertad vigilada por los delitos anteriormente mencionados, así como le ha prohibido ejercer cualquier oficio que implique contacto con menores. 

También deberá hacerse cargo de las costas procesales e indemnizar a las dos víctimas por daño moral con 5.000 y 1.000 euros respectivamente.