Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid.

Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid. Europa Press

Salamanca Tribunales

La Audiencia Nacional archiva el caso 'Mis pollitos' y absuelve a Carmen Pazos

Según un auto del Juzgado Central de Instrucción número 6 de Madrid relativo al caso 'Canal Isabel II'

6 mayo, 2022 09:26

Noticias relacionadas

El Juzgado Central de Instrucción número 6 de Madrid de la Audiencia Nacional dicta auto, del 4 de mayo de 2022, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL Noticias de Castilla y León, de sobreseimiento provisional y archivo de la causa que se venía siguiendo, entre otros, contra Carmen Pazos Bejarano y la empresa 'Mis pollitos'. La investigación, en una pieza separada de la instrucción principal, se investigaría los hechos referentes a posibles blanqueos de capitales.

Todo se fundamentaba en las diligencias practicadas por el Juzgado, en la que cabía inferir indiciariamente la actuación desplegada entre los años 1999 y 2014 por el investigado Ildefonso de Miguel Rodríguez ‒director gerente de Canal de Isabel Segunda (CYII) entre los años 2003 y 2009‒ para ocultar ganancias cuyo origen lícito se desconoce e introducirlas en el circuito legal dotándolas de apariencia lícita.

Así, el magistrado determina, ante las diligencias practicadas en esta causa, que se infiere la presunta participación o intervención de Ildefonso de Miguel Rodríguez, en actuaciones presuntamente delictivas que cabría calificar indiciaria e inicialmente como supuesto delito de blanqueo de capitales, recogido en el artículo 301 del Código Penal.

Por lo que pide a las partes que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias cuando se manifiesta la imposibilidad de formular el escrito de acusación por falta de elementos esenciales para la tipificación de los hechos.

Y, segundo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.2 LECr, resulta procedente acordar el sobreseimiento provisional respecto de Jaime Ignacio González González, Lourdes Cavero Mestre, Carmen Pilar Pazos Bejarano y Concepción Ruano Puente.

 

 

 

 


 

 

 

lícita

 

del mismo modo que se la criminalizó en su día por simples actuaciones de investigación debería de restituirse su honorabilidad tras la finalización de la investigación con su archivo respecto de la misma