Imagen de una joven protegiéndose.

Imagen de una joven protegiéndose.

Palencia

Condenado a más de 16 años de cárcel un padre por abusos sexuales sobre su hija menor y violencia familiar en Palencia

El TSJCyL confirma la condena y rechaza el recurso del acusado, avalando la credibilidad de la víctima y descartando aplicar la eximente incompleta por embriaguez.

Más información: Ya es oficial: los docentes temporales de las universidades de CyL tienen derecho a los complementos de los fijos

Publicada
Actualizada

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado, íntegramente, la condena de más de 16 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Palencia a un hombre por delitos de agresión sexual continuada a su hija menor, violencia doméstica habitual y varios episodios de maltrato en el ámbito familiar, como han informado fuentes jurídicas.

En el fallo de la Sala de lo Civil y Penal con sede en Burgos, se desestima el recurso de apelación al “no apreciarse errores en la valoración de la prueba” ni tampoco “vulneración del derecho a la presunción de inocencia”, como apunta el auto.

Con ello se ratifica la sentencia que dictó, en diciembre de 2025, la Audiencia Provincial de Palencia.

Se considera acreditado que el acusado “sometió durante años a sus hijos a un clima de violencia física y psicológica continuada”, con “especial gravedad en el caso de su hija, víctima de abusos sexuales reiterados desde que era menor de 16 años”.

El tribunal destaca la “solidez del testimonio de la víctima, apoyado por informes periciales y pruebas biológicas”.

Los hechos del 1 de abril de 2024

En relación con los hechos ocurridos el 1 de abril de 2024 en el domicilio familiar en Palencia, la sala valida las declaraciones testificales y la intervención policial, que constató “el estado de miedo de la víctima y la presencia de un cuchillo en la vivienda”.

La joven relató “haber sido golpeada, agarrada por el cuello y empujada por su padre”. Asimismo, el tribunal ha rechazado “aplicar la eximente incompleta por embriaguez”.

Aunque, eso sí, reconoce “el consumo abusivo de alcohol”, y concluye que “no se ha acreditado una afectación grave de las facultades mentales del acusado, manteniéndose únicamente la atenuante simple”.

Las penas ratificadas incluyen 11 años y 6 meses de prisión por el delito continuado de agresión sexual, además de diversas penas por maltrato, violencia habitual y trato degradante, que elevan el total por encima de los 16 años de cárcel, junto con órdenes de alejamiento, privación de patria potestad y libertad vigilada.

El tribunal mantiene también la medida de expulsión del país una vez cumplida la pena. Finalmente, no se imponen las costas del recurso al no apreciarse mala fe en la defensa. Contra la resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo de España.