Audiencia Provincial de León.

Audiencia Provincial de León. Carlos C. Campillo Ical

León

El TSJCyL rebaja de 81 a 28 años y medio de cárcel la pena de una pareja de proxenetas de León

El órgano judicial ha estimado parcialmente los recursos de los acusados

9 marzo, 2023 11:18

De una pena global de 81 de prisión han pasado a 28 años y seis meses. Esta es la condena de una pareja de proxenetas de León después que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya estimado parcialmente sus recursos tras ser condenados en primera instancia por cinco delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

De esta manera, el alto tribunal de la Comunidad ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial de León en lo que respectaba a los delitos de trata de seres humanos, por los que fueron condenados a cinco años por cada uno de ellos, y pasándolos a cinco delitos de determinación coactiva a la prostitución, por los que se les impone por cada uno de ellos dos años y nueve meses de prisión.

No obstante, mantiene la pena de seis meses de cárcel por un delito de favorecimiento a la inmigración irregular. En total, cada acusado tendrá que cumplir 14 años y tres meses de prisión por todos los delitos descritos, en vez de los 40 años y seis meses a los que fueron condenados en primera instancia cada uno de los acusados.

La sentencia, a la que ha podido acceder este medio, considera probado que los acusados, un hombre y su mujer, de nacionalidad paraguaya, regentaron al menos desde 2010 y durante casi una década un club de alterne situado en un pueblo de León. La red proxeneta la completaban personas aún no identificadas y la hermana de la condenada, que vivía en el país natal de esta, desde donde captaban a las víctimas, que aceptaban los trabajos debido a su precariedad y bajo nivel económico.

Los proxenetas eran los encargados de sufragar los gastos de las víctimas durante el viaje a España, pero, de forma unilateral, imponían deudas a las mujeres que debían ser saldadas con el ejercicio de la prostitución. Además, no dejaban salir a estas del club de alterne, ya que en caso de hacerlo debían pagar una multa. Todas estas condiciones eran aceptadas por las víctimas después de que los condenados las impusieran unilateralmente, ya que se encontraban en un bajo nivel económico y de necesidad para poder ayudar a sus familiares de Paraguay.

También obligaban a las mujeres a convivir con otras compañeras en la misma habitación, donde subían a los clientes de los servicios, a la vez que tenían que hacer largas jornadas de trabajo (mayormente desde las 18:00 de la tarde hasta altas horas de la madrugada) de lunes a domingo, con uno o sin ningún día de descanso. 

El encargado de la gestión, dirección y de imponer las condiciones era el hombre, propietario del club de alterne, aunque su mujer hacía de él cuando este no se encontraba y también coaccionaba, presionaba y controlaba a las víctimas para que realizasen los trabajos.