Audiencia Provincial de Ávila

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Ávila

Condenado por agresión sexual en Ávila tras introducir los dedos en la vagina a una joven mientras orinaba en la calle

La víctima, una joven de 21 años, acababa de conocer al acusado pocos minutos antes de los hechos. Durante el juicio renunció expresamente a cualquier indemnización económica derivada del procedimiento.

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La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a un hombre de 38 años por un delito de agresión sexual cometido durante la madrugada del 14 de junio de 2024 en la capital abulense durante las fiestas.

La víctima, una joven de 21 años, acababa de conocer al acusado pocos minutos antes de los hechos.

Según recoge la sentencia, el procesado acompañó a la joven a una zona próxima al recinto ferial para que pudiera orinar después de haber consumido alcohol.

Cuando la víctima se encontraba agachada y con los pantalones bajados, el acusado le ayudó inicialmente a apartar la ropa, una acción que sí fue consentida.

Sin embargo, acto seguido y “de manera sorpresiva”, le introdujo los dedos en la vagina “sin su consentimiento” y con ánimo sexual.

La Sala considera probado que la joven quedó “en estado de shock, paralizada y sin capacidad de reaccionar” tras la agresión.

El tribunal otorga plena credibilidad al relato de la víctima, destacando la “persistencia” y “coherencia” de sus declaraciones desde el primer momento.

La sentencia subraya además que la joven relató lo sucedido de forma inmediata tanto a una amiga como a varios agentes de policía y personal sanitario.

Los magistrados también tuvieron en cuenta el informe psicológico forense, que concluyó que el comportamiento posterior de la víctima era compatible con el sufrido por personas que han padecido una agresión sexual.

Los especialistas explicaron durante el juicio que el llanto y el estado de ansiedad posteriores encajaban con una reacción de shock.

La defensa solicitó la absolución al negar el acusado haber introducido los dedos en la vagina de la joven.

Sin embargo, la Audiencia considera que su versión incurre en contradicciones y que no existe ningún motivo espurio que pudiera llevar a la víctima a denunciar falsamente los hechos.

Durante el juicio, la joven renunció expresamente a cualquier indemnización económica derivada del procedimiento.

La resolución incluye además un voto particular.