Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. Europa Press

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Entró en vigor: hacerse pareja de hecho da pie a disfrutar de un permiso de 15 días "retribuido y no recuperable"

Sumado a las vacaciones y a los festivos, el descanso laboral de ese año supera con creces los 30 días.

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Casarse no solo es uno de los momentos más importantes de la vida, también puede convertirse en la puerta de entrada a un largo periodo de desconexión laboral.

Más allá de la celebración, la ley reconoce un permiso retribuido para quienes dan el 'sí, quiero'.

En España, los trabajadores tienen derecho a 15 días naturales de permiso retribuido por matrimonio.

A este descanso se suman las vacaciones anuales, que por ley son de, al menos, 22 días laborables.

En total, ambos periodos permiten acumular cerca de 37 días de descanso, sin contar los 14 festivos que, con carácter general, contempla el calendario laboral cada año.

Sin embargo, quienes prefieran una celebración más discreta y opten por formalizar una pareja de hecho tampoco salen perdiendo. En este caso, el permiso retribuido es exactamente el mismo.

Así lo recoge el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, la principal norma que regula los derechos laborales en España.

Además, estos 15 días de permiso no implican ninguna pérdida económica para el trabajador. Durante ese periodo seguirá percibiendo su salario con total normalidad, ya que se trata de un permiso retribuido.

De hecho, el propio Estatuto de los Trabajadores lo deja claro al señalar que el empleado "podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración".

Eso sí, para poder disfrutar de este permiso será necesario avisar previamente a la empresa y presentar la documentación que justifique la constitución de la pareja de hecho.

Permiso por días naturales, no laborables

Un error común a la hora de entender el disfrute de este permiso es que funciona de la misma manera que lo hacen unas vacaciones.

En estas últimas no se tienen en cuenta los festivos y los días de fin de semana, por lo que, si pedimos 10 días de vacaciones, en realidad estaremos disfrutando de 2 semanas enteras al aprovechar dos sábados y dos domingos.

En lo que respecta al permiso por matrimonio o pareja de hecho, el Estatuto habla de 15 días naturales, no laborales.

En otras palabras, se cuentan todos los días del calendario (incluyendo fines de semana y festivos) y el permiso suele empezar a contar desde el primer día laborable tras la inscripción.

Además, desde el blog especializado en abogacía de martinpares.com señalan otro matiz importante. No puedes guardar estos días para disfrutarlos meses después, debiendo tomarlos en una fecha cercana al día exacto en que se formalizó la unión.

Por último, conviene tener en cuenta que este permiso solo puede disfrutarse una vez por cada matrimonio o pareja de hecho.

Para volver a tener este derecho laboral será necesario que la relación anterior haya finalizado y que, en el futuro, se contraiga un nuevo matrimonio o se formalice una nueva pareja de hecho con otra persona.

Aunque conviene tener este tipo de matices en cuenta, queda claro que, al final, el "sí, quiero" no solo une dos vidas, también abre la puerta a uno de los permisos retribuidos más generosos que contempla la legislación laboral.