Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea.

Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea. Imagen de archivo

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La UE cambia las normas: las empresas deberán poner el sueldo en sus ofertas de empleo a partir del 7 de junio

Consiste en una nueva obligación que deberán cumplir las empresas en virtud de la Directiva UE 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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Eso de pasarte horas y horas en LinkedIn, Indeed, InfoJobs o Glassdoor buscando ofertas de empleo que encajen a ciegas con tus expectativas salariales tiene los días contados.

A partir del 7 de junio, esta dinámica empezará a cambiar de verdad, poniendo fin al secretismo de las empresas gracias a la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Esta Directiva, entre otras medidas de transparencia financiera, obligará a las empresas a mostrar la banda salarial en sus ofertas de empleo, debiendo hacerlo antes incluso de sentarse cara a cara en una entrevista.

Se trata de un paso importante hacia la transparencia laboral, una práctica que ya es habitual en países como Estados Unidos, donde la gran mayoría de ofertas incluyen el salario desde el principio.

Lo dice la UE

Según establece el artículo quinto de la normativa, los solicitantes de empleo tendrán derecho a saber "la retribución inicial o la banda retributiva inicial, basadas en criterios objetivos y neutros con respecto al género, correspondientes al puesto al que aspiran", así como el convenio colectivo aplicado por la empresa.

Esta medida permitirá conocer las condiciones económicas exactas antes de una posible incorporación a la empresa. Nada de aceptar un puesto con los ojos cerrados y encontrar un contrato decepcionante o insuficiente.

Asimismo, las empresas también deberán garantizar que las vacantes y ofertas sean neutras con respecto al género, evitando cualquier tipo de discriminación en el proceso de contratación.

Además, en las entrevistas de trabajo quedará prohibido preguntar por sueldos actuales o anteriores, una práctica habitual que muchas empresas utilizaban como referencia para fijar la oferta salarial al nuevo empleado.

Información sobre la brecha salarial en las empresas

Más allá de poner la banda salarial en las vacantes, los Estados miembros de la UE obligarán a las empresas a informar sobre la brecha salarial de género en su organización, incluyendo diferencias medias y medianas, tanto en el salario base como en los complementos variables.

También deberán detallar la proporción de hombres y mujeres que reciben estos extras, su distribución por niveles salariales y las diferencias retributivas por categorías profesionales.

Eso sí, la aplicación de esta medida dependerá del tamaño de la empresa, según recoge el artículo 9 de la Directiva:

  • Las empresas de 250 o más trabajadores deberán informar anualmente a más tardar a partir del 7 de junio de 2027.
  • Las que tengan entre 150 y 249 empleados también empezarán en esa fecha, pero lo harán cada tres años.
  • Las empresas de entre 100 y 149 trabajadores deberán hacerlo desde el 7 de junio de 2031, también con periodicidad trienal.
  • En el caso de plantillas inferiores a 100 empleados, la comunicación será voluntaria, aunque los Estados Miembros podrán exigirla según su legislación.