La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Europa Press

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Los expertos coinciden: los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un permiso de 4 días por causas de fuerza mayor

Un permiso poco conocido permite faltar al trabajo con sueldo ante imprevistos graves, sin restar vacaciones ni sueldo.

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Los trabajadores cuentan, por norma general, con una serie de permisos que les permiten ausentarse de su puesto sin dejar de percibir su salario. Se trata de derechos reconocidos que garantizan cierta flexibilidad ante situaciones personales o imprevistas.

Estos permisos no se descuentan de los días de vacaciones ni de los festivos establecidos en el calendario laboral. Cualquier práctica contraria a esto no solo es incorrecta, sino también ilegal.

En términos generales, los empleados disponen de al menos 30 días naturales de vacaciones al año y 14 festivos nacionales, de los cuales dos suelen ser autonómicos. A esto se suman permisos adicionales que pueden solicitarse si se dan determinadas circunstancias.

Uno de los más desconocidos, en gran parte por la ambigüedad del término, es el permiso de hasta cuatro días por "causas de fuerza mayor".

Este permiso está recogido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Reconoce el derecho a ausentarse cuando exista una imposibilidad de acudir al trabajo o desplazarse hasta él, "así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso".

Además, dado el carácter imprevisible de estas situaciones, el permiso puede prolongarse "hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron". Todo ello sin perjuicio de que la empresa pueda optar por medidas como la suspensión del contrato, la reducción de jornada o el trabajo a distancia.

¿Qué dicen los profesionales?

En este tipo de situaciones, donde pueden surgir conflictos entre empresa y trabajador, contar con la opinión de un experto resulta especialmente útil.

El abogado laboralista Sebastián Ramírez (@leyesconsebas) lo explica de forma clara en uno de sus vídeos: "Imagínate que a medianoche tus padres, tus hijos o tu pareja tiene un accidente o se ponen malos de repente, necesitas quedarte con ellos evidentemente".

Según señala, se trata de un caso evidente de fuerza mayor, con derecho a "4 días al año y pagados, porque es algo que no se puede prever".

"Es cierto que no es culpa del empresario, pero es mucho menos culpa del trabajador", añade Sebastián, eso sí, también recuerda que "en cuanto pase, tienes que volver a tu puesto de trabajo".

Sanciones de hasta 7.500 euros por negar este permiso

Incumplir la normativa sobre permisos laborales no es algo menor. La transgresión de estos derechos está considerada una infracción grave según el artículo 7 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Estas infracciones pueden acarrear multas de hasta 7.500 euros para el empresario. Por ello, conocer y respetar la normativa laboral es fundamental, tanto para evitar sanciones como para mantener una relación laboral equilibrada.