Antonio Cambra, socio en Auren Legal

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Opinión

Renta 2025: mismas reglas, pero más control

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Entramos en la campaña de Renta 2025, en un año sin cambios sustanciales, fruto de una legislación que lleva tiempo sin una actualización estructural. La regulación vigente continúa apoyándose en Reales Decretos, convalidados en muchos casos como solución coyuntural que han ido prorrogando medidas año tras año, algunas desde hace más de una década.

Esta campaña llega sin grandes reformas estructurales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aunque incorpora una serie de novedades relevantes que conviene revisar con atención.

Más allá de los cambios normativos concretos, esta campaña se caracteriza por un refuerzo del control tributario, una mayor disponibilidad de información por parte de la Administración y una especial sensibilidad hacia determinados colectivos.

En la práctica, las fechas y plazos no suponen ningún cambio significativo respecto a otros años: la campaña finaliza el 30 de junio de 2026 y los medios de pago se mantienen sin variaciones.

La primera recomendación es evitar la aceptación precipitada de nuestro borrador. Un error en esta fase puede derivar en un proceso posterior de rectificación más complejo.

Para las rentas más bajas, una de las principales novedades es la deducción de hasta 340 euros para rentas inferiores a 18.276 euros, con el objetivo de neutralizar el impacto fiscal de la subida del Salario Mínimo Interprofesional. También se elimina la obligación de realizar la declaración para quienes perciban prestaciones por desempleo.

En Aragón se mantienen, además, las deducciones específicas del territorio. Entre ellas destacan la deducción por nacimiento o adopción de un tercer hijo, por hijos con discapacidad, adopción internacional, gastos de guardería o por clases de apoyo escolar.

También es interesante la deducción por cuidado de personas dependientes, por contribuyentes mayores de 70 años, por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales, así como por la adquisición de libros de texto o alquiler de vivienda habitual.

Como ocurre con la mayoría de beneficios fiscales autonómicos, cada una de estas deducciones está sujeta a requisitos específicos, por lo que conviene revisarlas con detalle para comprobar su correcta aplicación.

A nivel estatal, se mantienen vigentes las deducciones vinculadas a la eficiencia energética como la instalación de placas solares o la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga.

Una de las medidas clásicas de la rebaja impositiva sigue siendo la relativa a las aportaciones a planes de pensiones, que además desde el 1 de enero de 2025 se pueden rescatar sin necesidad de que haya surgido la contingencia como jubilación o desempleo.

En este contexto, resulta recomendable revisar en detalle estas cuestiones para poder ahorrar en nuestra cuenta final con el fisco.

En cuanto a la renta del ahorro, se incrementa el tipo aplicable al tramo superior de la base que exceda de 300.000 euros, pasando del 28% al 30%. Este cambio afecta a grandes ganancias patrimoniales derivadas principalmente de las operaciones inmobiliarias, financieras y especulativas.

Debemos tener en cuenta el paulatino incremento de las medidas de control que la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha ido consolidando para contar con un sistema cada vez más sofisticado de obtención y análisis de datos de los contribuyentes

Un ejemplo de ello es la implantación del sistema VeriFactu para empresas y autónomos, que se encuadra en esta planificación de datos cruzados con los que Hacienda cada vez tiene más control sobre las operaciones económicas realizadas.

En esta misma línea, este año se incrementa el cruce de información, especialmente en ámbitos como las criptomonedas, las plataformas digitales, los alquileres turísticos o los grandes patrimonios, en aplicación de la directiva comunitaria.

Esta Directiva 2021/514/UE es una norma europea en vigor desde 2023-2024 que obliga a las plataformas digitales como Amazon, Vinted, Wallapop, o Airbnb a reportar a Hacienda los ingresos de los vendedores que superen 30 operaciones o 2000 euros anuales, facilitando así el control fiscal y cruzando datos automáticamente para evitar fraude.

Estamos ante un escenario de alta capacidad de cruce de información por parte de la Administración y esto hace que, aunque la campaña de renta no presenta grandes cambios normativos, sí exige más atención al elaborar la declaración y un ejercicio de revisión más detallada.

Antonio Cambra, socio en Auren Legal