
La exconsellera Salomé Pradas, en los juzgados. Rober Solsona / Europa Press
La jueza ve "injustificable" que la exconsellera Pradas alegue desconocimiento y califica su negligencia de "grosera"
La magistrada rechaza investigar al presidente de la CHJ porque la ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo "resulta desmentida" por la remisión de correos del SAIH y por el acceso al sistema.
Más información: Bernabé confesó a la jueza que recibió el correo de las 18:43 por la crecida en el Poyo, que no lo vio y que nadie avisó del riesgo
La jueza encargada de investigar la gestión de la dana ha rechazado en un auto la solicitud de una asociación de víctimas (Asociación de Damnificados Dana Horta Sud) de citar como imputados a otros cargos de Emergencias de la Generalitat y al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo.
En su escrito, la magistrada vuelve a hacer uso de su habitual lenguaje valorativo para considerar que el desconocimiento alegado por la exconsellera de Interior Salomé Pradas y el que fuera su número dos Emilio Argüeso -ambos investigados- es "difícilmente justificable". En este sentido, califica de "más grosera" la negligencia atribuible a los dos.
La jueza rechaza investigar a Polo, al igual que ya ha expuesto en otras ocasiones. Lo ha citado como testigo. El motivo es que, en su opinión, la ausencia de información por parte del organismo estatal sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo "resulta desmentida" por dos vías.
La primera, por la remisión de correos del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación. Entre ellos se encuentra el famoso mail de las 18.43 que alertaba de la brutal subida del Poyo y que parece que nadie del Cecopi vio.
La segunda, la posibilidad de acceso al SAIH, donde se fue actualizando cada pocos minutos el progresivo aumento de caudal a partir de las 18.00 horas.
La aplicación, recuerda, estaba a disposición del Centro de Coordinación de Emergencias. Motivo por el que considera que "no procede atribuir responsabilidad penal" al presidente de la CHJ ni a ningún otro cargo de este organismo "de forma paralela".
"Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaran sobre el caudal, ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH", zanja.
La magistrada aprovecha para realizar apreciaciones sobre las últimas declaraciones en el juzgado, como la del técnico de Emergencias que acudió esta misma semana.
"Se expresó en su momento que el Cecopi pareciera una burbuja aislada del mundo exterior partiendo de las manifestaciones de los investigados", recuerda sobre uno de los escritos en los ironizó con el funcionamiento del órgano en la tarde de la dana.
"Hubo un control de Pradas"
"Resultaba evidente que no era así", afirma. La declaración del técnico, apunta, "confirma que en todo momento hubo un control de la decisión de mandar la alerta a la población por parte de la investigada Salomé Pradas".
También, dice, "que la decisión sólo podía llevarse a cabo si la misma contaba con la autorización de quien era consellera; que el mando de la emergencia le correspondía a dicha investigada -de lo que es buena prueba que la alerta debía contar con su visto bueno-; que los miembros del Cecopi no estaban aislados del mundo exterior; que manejaban teléfonos, que entraban y salían de la sala y que se comunicaban con otras autoridades".
La jueza hace mención a la desconexión telemática del Cecopi durante el intervalo de entre las 18.00 y las 19.00 aproximadamente la tarde de la dana. Así, critica el hecho de que se decidiera "dejar fuera de la reunión del Cecopi a otros miembros con unas razones todavía no explicables" y justificado en la "absurda expresión de trabajo exclusivamente presencial". Una expresión usada por la Generalitat en una respuesta oficial al juzgado.
"Absurda porque es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y al mismo tiempo excluir de la reunión a quien supuestamente había de proporcionarla y decidir por uno mismo", concluye, en referencia al hecho de que Miguel Polo estuvo desconectado telemáticamente.
"Todo ello convierte en más grosera la negligencia atribuible a quienes ostentan la condición de investigados, oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto de las posibles decisiones a adoptar por la Consellera, o las herramientas a utilizar como el sistema Es-Alert", afirma.
Respuestas que producen "estupor"
Además, critica especialmente a Emilio Argüeso: "Director de la Agencia Valencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, cuya denominación del cargo que ocupa y su rango expresa manifiestamente su responsabilidad, sin necesidad de apelar específicamente a la normativa específica que le era de aplicación, y que era conocedor de la evolución progresiva de la Dana, el segundo en la toma de decisiones y supuestamente conocedor de protocolos, de herramientas y de la situación, y de quien no consta más participación que la remisión de mensajes, algunos a través de chats, y que tuvieron algunas respuestas que producen auténtico estupor".
Con estas declaraciones se refiera probablemente al chat entre Argüeso y la vicepresidenta Susana Camarero en el que él explica a las 14.44 la situación crítica en Carlet, por donde transcurre el río Magro: "Carlet que estoy aquí se está poniendo la cosa muy fea. Está lloviendo con gran intensidad y con mucho aparato eléctrico. Los barrancos están a punto de colapsar". "Jope. Si necesitas algo nos dices", le respondió Camarero.
En todo caso, la jueza rechaza investigar a otros cargos de la Generalitat que pedían las víctimas: el director general de Emergencias, Alberto Javier Martín Moratilla; el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez Torres; y la jefa del servicio de coordinación de Emergencias 112, Inmaculada Piles.
"La atribución de un resultado mortal de tal gravedad por un total de 228 fallecidos no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura administrativa autonómica" de estas personas, sostiene.
Ni tampoco, añade, "en la falta de información difícilmente creíble o en la ausencia de asesoramiento técnico, como ha desmentido la declaración del técnico, cuyas credenciales fueron utilizadas en la redacción de los mensajes Es-Alert". "Lo contrario nos situaría ante otro tipo de responsabilidad más propia de otros órdenes, el ámbito contencioso administrativo o el civil, no el penal", dice.
Se da la circunstancia de que precisamente este argumento es el que utiliza la Fiscalía para pedir la revocación de la imputación a Argüeso, algo que rechazó la jueza.