Un vecino de Tomiño tendrá que compartir 100.000 euros de su premio de un millón con el amigo con el que había acordado, verbalmente, esta cesión de dinero. Así lo ha decretado el tribunal de instancia, sección Civil, de Tui.
Los hechos se remontan a 2022, cuando el más "suertudo" resultó agraciado con un millón de euros del "Rasca" de la ONCE. Previamente y, según consideró acreditado la jueza encargada del proceso, existió un acuerdo verbal por el que, si alguno de los dos resultaba agraciado con el millón de euros del juego, compartiría el premio con el otro, dándole 100.000 euros.
Sin embargo, cuando el amigo le reclamó los 100.000, el agraciado, tras varios días, le dijo que no le pagaría porque su hija no estaba de acuerdo.
Demanda
El perjudicado no se quedó de brazos cruzados: Presentó una demanda, con el asesoramiento del abogado Carlos Borrás, y el aludido negó la existencia del acuerdo para compartir el premio. Sin embargo, la jueza ha determinado que tal pacto sí existió, aunque no hubiera ningún documento escrito que lo atestiguara.
En su sentencia, recogida por Europa Press, la magistrada alude a los testimonios de testigos que les escucharon hablar de ese acuerdo a ambos, incluso cuando el agraciado ya sabía que le había tocado un millón de euros. Así, la resolución hace referencia, entre otras, a una conversación relatada por un testigo, en la que el hombre premiado valoraba qué hacer con su parte del dinero, mientras la decía a su amigo que, con sus 100.000 euros, podía hacer lo que quisiera.
Igualmente, la jueza se refiere a una conversación grabada entre ambos implicados, en la que el demandado reconoce varias veces la existencia del acuerdo verbal, aunque dice que no podrá cumplirlo por la negativa de su hija. En el juicio, el demandante también aportó conversaciones de Whatsapp con la hija de su amigo, en las que ella hacía afirmaciones como "esa clase de tratos no me parece normal", o "si fuese al contrario ni él aceptaría el dinero ni yo le dejaría que aceptase".
Por tanto, la jueza considera probado que existía el acuerdo, a pesar de que el demandado lo negó en la vista judicial, y lo ha condenado a pagar a su amigo los 100.000 euros que habían pactado, más intereses.
