Publicada
Las claves

Las viviendas de uso turístico en España suelen ser foco de múltiples problemas en las comunidades de vecinos que en ocasiones denuncian problemas con los inquilinos de estos pisos.

Así, para evitar problemáticas, en 2025 se aprobó una reforma a la Ley de Propiedad Horizontal que establece que a la hora de destinar una vivienda al uso turístico, la última palabra la tiene la comunidad de vecinos.

De esta manera, la comunidad de propietarios podrá autorizar o prohibir la apertura de una vivienda de uso turístico en su edificio, así lo explicó Alejandro Miralles, administrador de Fincas Cholo en Lugo, a Antena 3.

"Ahora la comunidad decide"

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, impulsada a través de la Ley Orgánica 1/2025, otorga a las comunidades de propietarios la capacidad de prohibir o limitar los pisos turísticos por una mayoría de tres quintas partes y aplicarles recargos del 20%.

De esta manera, Miralles sentenció que "ahora la comunidad toma la decisión", agregando que es una de las consultas más habituales que gestiona actualmente.

Sin embargo, argumentó que por lo general estos propietarios no tienen un problema con el turismo en sí sino más bien con los inquilinos que entran en estas viviendas: "Lo que más inquieta es no saber quién entra y sale del edificio o el uso que se hace de las zonas comunes", expresó.

Lo cierto es que desde que ha recaído esta responsabilidad en manos de los vecinos, el administrador de fincas aseguró que "casi el 100% de las comunidades que administramos y que llevan este asunto a votación aprueban limitar o prohibir nuevas viviendas de uso turístico".

Según lo que comentó Miralles, en su opinión, muchos propietarios prefieren que el edificio siga teniendo un carácter residencial.

Además de tener el poder de decisión, como fue expresado anteriormente, las comunidades de vecinos tienen el poder de imponer ciertas condiciones a estas viviendas, entre ellas incrementar hasta un 20% la cuota comunitaria de estas viviendas.

¿Qué otras regulaciones tienen estos pisos?

El marco legal de las viviendas de uso turístico en España se caracteriza por la superposición de normativas de distintos niveles, estatal, autonómico, municipal y comunitario. Además, en los últimos años se ha producido un endurecimiento de los requisitos.

Por un lado se exige un registro obligatorio de todos los viajeros y se ha implantado el Número de Registro Único de Arrendamiento, para controlar los anuncios en plataformas de internet.

Además, a nivel autonómico, las comunidades gestionan las licencias de actividad exigiendo condiciones de habitabilidad. A nivel municipal, los ayuntamientos aplican planes urbanísticos restrictivos, moratorias y zonificaciones que a menudo imponen barreras casi insalvables.

Y, finalmente, a nivel comunitario, como ha sido mencionado, la Ley de Propiedad Horizontal otorga la última palabra a las comunidades de vecinos, permitiéndoles vetar por una mayoría de tres quintas partes la apertura de nuevos pisos turísticos en sus edificios residenciales de forma legal.