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Las claves

La jurisprudencia española, a través de sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional STS 372/2025 o resoluciones de la Audiencia Nacional en 2026, ha abordado el polémico tema de los días festivos que caen en los días de descanso del trabajador.

De esta manera, se dictaminó que cuando esto ocurra, las empresas deben compensar con un día libre cada festivo que coincida con el descanso semanal de los trabajadores.

La decisión judicial estuvo basada en la aclaración de que el descanso acumulado y las 14 fiestas anuales son derechos independientes que no pueden absorberse entre sí, con lo cual, se otorga este día de descanso para garantizar que ningún trabajador trabaja más horas de las permitidas por ley.

¿Cuándo se tiene derecho a esto?

El Estatuto de los Trabajadores estipula dos derechos independientes y acumulables. Por un lado, el derecho al descanso semanal mínimo, regulado en el artículo 37.1, y por otro, el derecho a disfrutar de las 14 fiestas laborales anuales de carácter retribuido y no recuperable, regulado en el artículo 37.2.

De esta manera, los tribunales han dictaminado que ambos derechos son independientes y uno de estos no puede absorber al otro.

Asimismo, en el caso de los trabajadores con libranzas fijas o turnos rotativos, si el cuadrante o el sistema de descanso establece que el día libre cae un sábado y ese mismo día coincide con un festivo, el trabajador tiene derecho a que se le compense.

De lo contrario, se produciría una discriminación indirecta o un perjuicio con respecto a otros compañeros cuyos días de libranza no coincidieron con festivos.

Por el otro lado, en el caso de los trabajadores que cuentan con jornadas de lunes a viernes, si un día festivo cae un sábado muchos empleados asumían que este no se disfrutaba.

No obstante, la citada jurisprudencia refuerza la idea de que en estas situaciones un derecho, el de descanso semanal mínimo, no debe absorber al otro, de disfrutar 14 fiestas laborales anuales. Así, se espera que se respeten los 14 festivos anuales de forma efectiva.

¿Hay excepciones?

A pesar de que los tribunales coincidieron en que el trabajador debe disfrutar los festivos, los juristas y sindicatos han aclarado que esto no es aplicable en todos los sectores.

Lo cierto es que uno de los objetivos a nivel legal de esta especificación es que el empleado no acabe trabajando más horas de las contempladas en el convenio colectivo. Ahora bien, si este ya reajusta las jornadas para no exceder el cómputo de horas anuales, la empresa podría no estar obligada a dar un día extra.

Además de esto, muchos convenios colectivos ya regulan de manera explícita qué ocurre cuando los festivos caen en sábado o en días de descanso semanal, determinando si se trasladan a otro día laborable, si se acumulan a las vacaciones o si se compensan económicamente.

De esta manera, los trabajadores españoles dependiendo de lo establecido en su convenio colectivo tendrán derecho a este día extra de descanso.

Sin embargo, todos los empleados españoles tienen derecho a un descanso semanal y a disfrutar los 14 días festivos que le corresponden, siempre con cuidado de no trabajar más horas de las que le corresponden.