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Las claves

Desde este mes de abril, España ha dado un paso firme contra el desperdicio alimentario con la entrada en vigor plena de una normativa que obliga a bares, restaurantes, supermercados y otros operadores de la cadena alimentaria a adoptar medidas concretas para evitar que alimentos aptos para el consumo terminen en la basura.

La nueva regulación marca un antes y un después en la gestión de excedentes y endurece las obligaciones para quienes no actúen de forma responsable.

La Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, ya es plenamente aplicable desde el 2 de abril de 2026, una vez finalizado el plazo de adaptación concedido al sector.

A partir de ahora, dejar que comida en buen estado sea desechada sin justificación puede implicar sanciones económicas relevantes, especialmente para las empresas que no hayan implantado un sistema interno para prevenir estas pérdidas.

La normativa introduce un principio claro: los alimentos aprovechables no deben desecharse mientras exista una alternativa viable.

Para ello, establece un orden obligatorio de actuación que prioriza la prevención del excedente, la donación para consumo humano y, en última instancia, otros usos como la alimentación animal o el compostaje.

El objetivo es reducir de manera drástica el volumen de comida desperdiciada y favorecer una gestión más eficiente de los recursos.

En el caso de la hostelería, las nuevas exigencias son especialmente visibles para los clientes. Los establecimientos deben ofrecer a los consumidores la posibilidad de llevarse sin costes los alimentos que no hayan consumido, usando envases aptos para uso alimentario que además sean reutilizables o reciclables.

Asimismo, esta posibilidad debe estar claramente anunciada, preferentemente en la carta o en el menú. Esta medida pretende normalizar una práctica ya habitual en muchos países y reducir el volumen de comida que se desecha diariamente en restaurantes y bares.

La única excepción prevista afecta a los servicios de bufé libre o formatos similares, donde no existe esta obligación. Además, la ley no se limita a los restaurantes.

En el ámbito del comercio minorista, los supermercados deberán potenciar la venta de productos cercanos a la fecha de consumo preferente mediante descuentos y fomentar la comercialización de frutas, verduras y otros alimentos que, pese a no cumplir criterios estéticos convencionales, siguen siendo aptos para el consumo.

Las establecimientos comerciales de mayor tamaño también estarán obligados a impulsar la venta de productos sin envase primario, favoreciendo formatos más sostenibles y reduciendo residuos innecesarios.

Todo ello forma parte de una estrategia global orientada a transformar los hábitos de consumo y producción. El incumplimiento de estas obligaciones puede salir caro.

No disponer de un plan de prevención o destruir deliberadamente alimentos aptos para el consumo se considera infracción grave, con multas que oscilan entre 2.001 y 60.000 euros.

En los casos de reincidencia, las sanciones pueden elevarse hasta 500.000 euros. Con esta normativa, España refuerza su compromiso de reducir a la mitad el desperdicio alimentario per cápita antes de 2030, en línea con los objetivos internacionales de sostenibilidad.

Más allá de las sanciones, la nueva legislación busca impulsar un cambio profundo en la forma de gestionar los alimentos, trasladando a empresas y consumidores la responsabilidad de aprovechar mejor unos recursos cada vez más valiosos.