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Las claves

Puede parecer un detalle sin importancia, pero colocar un simple paragüero en la puerta de casa puede acabar en discusión vecinal.

Y es que lo que muchos propietarios no saben es que la ley no permite ocupar el rellano con objetos personales, aunque esté justo delante de su vivienda, ya que en los edificios de vecinos, los espacios comunes no son una extensión del piso, y su uso está regulado.

Pasillos, escaleras, rellanos o zonas verdes compartidas forman parte de las llamadas zonas comunes. Son espacios que pertenecen a todos los vecinos y que deben mantenerse libres para garantizar la buena convivencia y, sobre todo, la seguridad.

Es por ello, que el rellano, aunque para muchos parezca que pertenece a su puerta, entra dentro de esta categoría.

La norma que regula estas situaciones es la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, conocida como Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Esta ley fija las reglas básicas en las comunidades de vecinos y en su artículo 7 se advierte claramente que "al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".

Traducido al día a día, significa que no se puede ocupar un espacio común si eso molesta, supone un riesgo o va contra las normas internas del edificio.

Además, el Código Civil refuerza esta idea al señalar en su artículo 394 que "cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique al interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho".

Y es que, no se pueden colocar objetos de forma permanente si ocupan espacio común, dificultan el paso, afectan a la estética del edificio o suponen un riesgo en caso de evacuación o incendio.

Es cierto que en muchas comunidades se toleran pequeños objetos si no molestan ni reducen el ancho de paso. Pero conviene tener claro que la tolerancia no crea derecho y la comunidad puede pedir su retirada en cualquier momento.

Así, la abogada Rocío Galván recuerda que para evitar malentendidos, antes de dejar cualquier objeto fuera de casa, lo más prudente es revisar los estatutos y consultar con el presidente o el administrador.