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Las claves

Volver al trabajo después de una baja prolongada no es nada fácil. El cuerpo no siempre responde igual, la cabeza va más lenta y aparecen los miedos ante la duda de no poder rendir como antes.

Es ahí donde entra en juego la ley. Y es que el trabajador tiene derecho a hacerse un reconocimiento médico gratuito al volver a su puesto tras una baja de larga duración para quedarse tranquilo consigo mismo.

Un derecho que protege la salud del empleado y que se recoge en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Este reconocimiento lo realiza el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa. Sirve para comprobar si la persona está en condiciones de hacer su trabajo con normalidad o si necesita algún tipo de adaptación.

Y es que en algunos casos, el informe médico indica que el trabajador es "apto con limitaciones". Esto quiere decir que puede trabajar, pero no en las mismas condiciones que antes. Puede necesitar cambios en las tareas, menos esfuerzo físico o incluso ajustes en su puesto.

Cuando ocurre esto, la empresa tiene la obligación de adaptar el puesto de trabajo y si no lo hace, está incumpliendo la ley.

En caso de que no lo haga, el trabajador puede denunciar a la empresa. Y si el problema no se soluciona, puede incluso pedir la extinción del contrato, lo que se conoce como un "autodespido".

Además, si un juez le da la razón, el trabajador tendría derecho a la "indemnización máxima legal para el trabajador y derecho al paro". Es decir, cobraría como si hubiera sido despedido de forma improcedente y podría acceder al paro.

Eso sí, mientras el caso se resuelve en los juzgados, el trabajador debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo.