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Las claves

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es aquella que regula los derechos y las obligaciones de los propietarios de viviendas que residen en un mismo edificio.

El objetivo de estas normas es regular el funcionamiento de la comunidad. Una de estas regulaciones es desconocida por muchos propietarios y está relacionada con modificar la fachada del edificio.

Con ello, la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe modificar la fachada, estructura y elementos comunes sin acuerdo previo con la comunidad de vecinos. Así, por ejemplo, cambiar el color de las persianas si se rompe con la uniformidad fijada por la comunidad, está prohibido.

¿Qué está prohibido?

El artículo 7.1 de la LPH establece que el propietario puede hacer obras dentro de su piso o local, pero solo si no altera la seguridad del edificio, su estructura general, configuración o estado de la fachada o no perjudica los derechos de otros propietarios.

Por otro lado, el artículo 9 de la ley obliga a respetar las instalaciones generales y elementos comunes aunque sean de uso privativo.

Así, se consideran prohibidas ciertas obras como abrir nuevas ventanas o puertas en la fachada o en patios de luces.

Asimismo, no se puede cerrar una terraza abierta con aluminio y cristal en caso de que cambie la estética o la volumetría del edificio.

Tampoco está permitido cerrar balcones o galerías con un modelo diferente al autorizado por la comunidad de vecinos.

Dentro de esa misma línea, no está permitido cambiar el color o tipo de persianas, barandillas, carpintería exterior o toldos si rompe con la uniformidad fijada por la comunidad.

Teniendo esto en cuenta, solo se permiten sin acuerdo previo las obras interiores menores, es decir, cambiar el tipo de pintura, los suelos y las instalaciones internas de la vivienda.

En resumidas cuentas, todas aquellas modificaciones de la vivienda que puedan generar molestias, riesgos o alteren la fachada del edificio deben consultarse con la comunidad y deben ser aprobadas por la misma.

La lógica detrás de esto es que tanto la fachada como las zonas comunes son compartidas por todos los propietarios, con lo cual están reguladas por la ley que busca evitar que los vecinos por su cuenta comprometan la seguridad, imagen y estanqueidad del edificio.

Ahora bien, es posible hacer dichos cambios, pero hay un proceso que seguir: en primer lugar es preciso que el propietario prepare un proyecto donde se detalle dicho cambio.

Una vez hecho esto, el plano con las obras debe mostrarse en la junta de la comunidad de vecinos y pedir autorización de la misma. Además, dependiendo de la obra, es preciso pedir una licencia municipal.

En el caso de que no se siga este proceso, la comunidad puede requerir al propietario reponer las cosas a su estado original habiendo vulnerado el artículo 7. Si dicho propietario no accede, el caso podría acabar en la vía administrativa.