Rubén Sánchez.

Rubén Sánchez. EP Sevilla

Sevilla

La Audiencia de Sevilla condena a un abogado y 'youtuber' por llamar "estafador" a Rubén Sánchez

El letrado deberá "tuitear el fallo, leerlo en sus dos canales de YouTube, eliminar el tuit y los dos vídeos objeto de la condena" e "indemnizar con 6.000 euros" al secretario general de FACUA.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado al abogado y 'youtuber' Pablo Franco por llamar "estafador" al secretario general de Facua Rubén Sánchez e "inventarle una sentencia por fraude de subvenciones".

Según ha indicado Sánchez a través de la web oficial de la asociación y sus perfiles de redes sociales, el letrado deberá "tuitear el fallo, leerlo en sus dos canales de YouTube, eliminar el tuit y los dos vídeos objeto de la condena". Además, tendrá que "indemnizar con 6.000 euros" a Rubén Sánchez.

El comunicado indica que el juzgado sevillano ha confirmado que el acusado "incurrió en intromisión ilegítima en el derecho al honor del secretario general de FACUA-Consumidores en Acción" después de llamarle "estafador" e "inventar que estaba condenado por falsear su número de socios para recibir subvenciones públicas".

La sentencia, dictada el 1 de octubre por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, señala que «es evidente que existe una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante que no queda amparada por el derecho a la información ni por la libertad de expresión».

Entre los argumentos con los que el abogado intentó que la Audiencia revocase su condena destaca su explicación sobre el supuesto carácter humorístico del vídeo en el que presentaba a Sánchez como "estafador".

El abogado sostuvo en su recurso que existía un "genuino e innegable animus iocandi", es decir, que pretendía hacer una broma.

Para justificarlo, dedicó parte de su apelación a explicar a los tres magistrados en qué consiste el conocido meme de internet "Directed by Robert B. Weide", que había utilizado al final del vídeo, y destacó que "viene acompañado de una musiquita divertida".

Pero al tiempo que presentaba su vídeo como una supuesta broma, Franco insistió en el mismo en que, si Sánchez había mentido al solicitar donaciones para financiar sus procedimientos judiciales, su conducta "entra como un guante en el delito de estafa".

Para intentar demostrar su acusación, el abogado "inventó" en su contestación a la demanda que "Sánchez había engañado a las 1.665 personas que le habían donado en 2024 para crear una caja de resistencia con el fin de defenderse en los tribunales del acoso y las difamaciones de la extrema derecha".

Defensa que afecta, entre otros, a procedimientos por injurias y calumnias, derecho al honor y rectificación. En su demanda, el secretario general de FACUA aportó resoluciones de distintas audiencias provinciales que imponen el pago de esas costas en ese tipo de procedimientos.

Otro de los argumentos de Franco en su apelación consistió en cuestionar que Sánchez recurra reiteradamente a la Justicia para defender su honor frente a quienes lo acusan de delitos. Así, lo calificó de "querulante" y afirmó que hace un "abuso más que uso" de su derecho a la tutela judicial efectiva.

El abogado llegó incluso a vincular las acciones judiciales de Sánchez con un supuesto intento de "amordazar a toda clase de disidencia".

En su recurso, el letrado también insistió en que era "objetivamente cierta" su afirmación de que Sánchez tenía una sentencia de la Audiencia Nacional por falsear el número de socios de FACUA para obtener subvenciones públicas.

"También es verdad que este tío ya tiene, me comentaban hoy, que tiene una sentencia de la Audiencia Nacional por falsear su número de suscriptores para tener subvenciones", afirmó en una conversación con Cristina Seguí en uno de los vídeos por los que ha sido condenado.

Sin embargo, la resolución judicial que invocaba Franco no condenaba a Sánchez ni a FACUA. Se trataba de una sentencia relacionada con una denuncia contra la asociación en materia de protección de datos, que ordenaba a la Agencia Española de Protección de Datos continuar unas actuaciones inspectoras que había archivado.

La Audiencia rechaza la interpretación de Franco y destaca que, dada su condición de abogado, debía conocer la diferencia entre una resolución que ordena continuar una investigación administrativa y una sentencia condenatoria por falsear socios para obtener subvenciones.

Los magistrados concluyen que el condenado "transmitió una información que atenta contra el honor del actor, que no es veraz, sin adoptar las suficientes medidas de diligencia para contrastar que lo que le habían comentado al respecto era cierto".