Conducir un vehículo implica una gran responsabilidad. Los conductores deben conocer y respetar las normas de tráfico, mantener la atención en la carretera y tomar precauciones para evitar accidentes.
Pero esta responsabilidad no termina al apagar el motor: también es fundamental actuar con cuidado al momento de estacionar el vehículo.
Un gesto muy común que podría terminar en sanción
La Dirección General de Tráfico (DGT) es el organismo autónomo encargado de supervisar y controlar el tráfico en tiempo real. Sus funciones abarcan también la promoción de campañas de educación y seguridad vial, y la emisión de permisos de conducir.
El Reglamento General de Circulación establece un conjunto de normas que regulan el comportamiento de todos los usuarios de la vía, incluyendo también las reglas sobre cómo deben aparcar sus vehículos.
Aparcar en zonas de carga y descarga, paradas de autobús e incluso plazas destinadas a personas con movilidad reducida es un gesto muy común que podría terminar en sanción.
Si un conductor deja el coche, aunque sea "solo un momento", en uno de estos espacios, podría costarle una multa de hasta 200 euros, según recogen las ordenanzas municipales y el Reglamento General de Circulación.
Aparcamiento reservado para personas con movilidad reducida
Para sorpresa de muchos, estacionar en plazas reservadas para personas con movilidad reducida sin la correspondiente acreditación es una de las infracciones más comunes. En estos casos, además de una sanción económica, conlleva la retirada del vehículo por parte de la grúa.
"La retirada de puntos solo se da si la infracción supone un riesgo para la seguridad vial", informa el Real Automóvil Club de España (RACE).
Si echamos un vistazo a la normativa, el artículo 94 del Reglamento General de Circulación indica lo siguiente: "Queda prohibido parar y estacionar en zonas señalizadas para uso exclusivo de discapacidad".
Por este motivo, lo más recomendable es buscar otra opción de estacionamiento.
Las plazas para personas con movilidad reducida están reservadas para vehículos que transportan a usuarios con dificultades de movilidad. Facilitan el acceso y salida del vehículo, y suelen estar ubicadas cerca de hospitales, viviendas y centros comerciales.
Estas plazas cuentan con unas dimensiones mínimas de 5 metros de longitud y 2,20 metros de ancho para garantizar la transferencia sin obstáculo, y están señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad.
Es decir, se indica de forma clara que se trata de un aparcamiento reservado para un grupo específico de personas. Por lo tanto, si el conductor no dispone de la tarjeta acreditativa correspondiente, puede ser sancionado con una multa de hasta 200 euros.
La sanción económica puede reducirse a la mitad (100 euros) con el descuento por pronto pago.
Esto también se aplica a las zonas de carga y descarga, así como a las paradas de autobuses.