El Tribunal Supremo (TS) en el que suspende, de forma cautelar, la autorización administrativa previa de las modificaciones y la autorización administrativa de construcción del parque eólico Moeche y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Moeche, San Sadurniño y As Somozas, en la comarca de Ferrolterra de la provincia de A Coruña.
El TS ha acordado la adopción de la medida cautelar solicitada por la asociación Petón do Lobo y ha suspendido el acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de julio de 2024 por el que se otorgaron las autorizaciones a Enel Green Power España.
"La medida cautelar que aquí se adopta tiene como fin la protección de un bien colectivo como es el medio ambiente y que la recurrente interviene en ejercicio de una acción populary para el cumplimiento de unos fines que transcienden del propio beneficio de su asociación a la colectividad o generalidad", ha justifcado el TS ante el decreto de exención de caución a la asociación.
Para tomar esta decisión, el TS ha declarado que no es posible deducir con claridad que el análisis de sinergias con los parques o proyectos próximos y la incidencia ambiental que deriva de la alta concentración de parques eólicos en un ámbito de 20 km haya sido debidamente realizado.