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El Estatuto de los Trabajadores es la norma legal que regula las relaciones laborales en España. En él se establecen los derechos y deberes mínimos fundamentales, como la jornada, el salario, las vacaciones y los despidos, tanto de empleados como de los empleadores.

Además, también se recogen los permisos retribuidos a los que pueden acceder los trabajadores en supuestos como el fallecimiento de un familiar, situaciones de condiciones meteorológicas adversas graves y, dirigida para padres y madres, el cuidado de hijos hasta los 9 meses.

El permiso por cuidado de lactante concede 1 hora de ausencia del trabajo

El permiso por cuidado del lactante es un derecho retribuido del que pueden beneficiarse ambos progenitores, no solo en los supuestos de nacimiento, sino también en los de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, hasta que el menor cumpla nueve meses.

Tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, este permiso concede una hora de ausencia del trabajo, que puede dividirse en dos fracciones.

Asimismo, permite la reducción de la jornada en media hora con la misma finalidad, así como su acumulación en jornadas completas, en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo alcanzado con la empresa.

La duración del permiso es hasta que el menor cumpla los 9 meses de edad, incrementándose proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples, según el artículo 37.4

La reducción de la jornada constituye un derecho individual y, por tanto, no puede transferirse a la otra persona progenitora.

No obstante, "si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute y posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.

Por otro lado, cuando ambas personas progenitoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, "el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses". En este caso, se aplicaría una reducción proporcional del salario a partir de los nueve meses.

Cómo puedo solicitar el permiso

La concreción horaria de la reducción de jornada corresponde a la persona trabajadora que vaya a disfrutar de este permiso retribuido. Sin embargo, a falta de acuerdo con la empresa, se resolverá a través de un procedimiento judicial especial.

La persona interesada deberá avisar con antelación a la empresa. La comunicación deberá realizarse, al menos, 15 días antes de la fecha de inicio y fin de la lactancia, indicando también la modalidad elegida; esto es: reducción de jornada, acumulación de horas o una hora al día.