El Comité de Competición de la Real Federación Galega de Fútbol ha publicado esta tarde las sanciones correspondientes a los partidos disputados el pasado fin de semana. El órgano disciplinario tenía encima de la mesa el suceso entre el Atlético San Pedro y el Brexo Lema de la copa Coruña Cadete, donde el acta del partido reflejaba que el delegado de los de Cambre le dio un puñetazo al entrenador de los oleirenses cuando ambos se encontraban con el árbitro para el cierre del documento oficial del partido.
Así, Disciplina ha aplicado el artículo 89, que relata las infracciones graves. En concreto, en su letra f), que explica que se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos, o inhabilitación de uno a tres meses, "agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél".
Al tener solo el acta del partido y no haberse aportado ningún parte médico o alegaciones con documentación por ninguna de las dos partes, el órgano federativo ha acordado inhabilitar al delegado y dar por buena la versión del árbitro, que goza de presunción de veracidad. En concreto, el castigo se impone en su grado máximo, tres meses. Si existiese ese parte de lesión, la inhabilitación estaría en una horquilla de seis a nueve meses.
La sanción de suspensión afecta solo a la modalidad en la que ese delegado está inscrito, en este caso fútbol campo, mientras que la de inhabilitación le impide ejercer ninguna función en ninguna de las modalidades que tutela la RFGF durante el tiempo de castigo.