El Tribunal Supremo ratificó el fallo dictado por la Audiencia Provincial de A Coruña y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirmando la sentencia de 11 años de prisión para un hombre que intentó asesinar a su pareja en Carballo (A Coruña) en el mes de mayo del año 2002.
El alto tribunal ha desestimado el recurso de casación presentado por el procesado. En él, el abogado de la defensa sostenía la tesis de que no había ninguna prueba de que el acusado actuara con la intención de quitarle la vida a su pareja. Sin embargo, la sección primera ha rechazado todos los argumentos y considera probado que el día 29 de mayo, tras regresar en coche a su domicilio después de estar acompañados de familiares y amigos en diferentes establecimientos de Carballo, iniciaron una discusión.
Fruto de este momento de tensión, en las inmediaciones del domicilio que compartían en esa fecha, el condenado paró el vehículo en la carretera y, actuando con total indiferencia hacia la víctima, la golpeó fuertemente varias veces en la cara, saliendo del vehículo y propinándole varias patadas en la cabeza.
El Supremo ha tenido en cuenta los agravantes de parentesco y género, y el atenuante del estado de embriaguez. Contra la sentencia no cabe recurso.
El condenado se declaró inocente en el juicio, aunque reconoció haberla agredido con un claro y contundente "claro que le pegué" en la vista celebrado en la Audiencia Provincial. La agredida manifestó que no recordaba lo sucedido y solo tenía constancia de haber estado en un local y después aparecer en el hospital. Fiscalía solicitó 13 años de cárcel, la acusación particular 17 años y la defensa un año por lesiones agravadas.