El martes, 24 de junio se aprobó en el Congreso de los Diputados la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género.

Sesión de control en el Congreso de los Diputados. EFE

Esta proposición de ley introduce en el Código Penal un artículo, el 173.bis, que queda redactado de la siguiente forma:

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años el que aplique o practique sobre una persona actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos de aversión o conversión, ya sean psicológicos, físicos, farmacológicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a modificar, reprimir, eliminar o negar su orientación sexual, su identidad sexual o su expresión de género, con afectación de su integridad corporal o su salud física o mental o con menoscabo grave de su integridad moral.

2. Se impondrá la pena prevista en el apartado anterior en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando la víctima fuera menor de edad.

En el párrafo segundo del tercero apartado de este nuevo artículo se dispone lo siguiente: “Cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, podrá imponer además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento familiar hasta cinco años”.

La estrategia utilizada para aprobar una modificación en el Código Penal que castiga con hasta dos años de prisión a los profesionales de la salud que protejan el interés superior del menor y a los padres que velen por la salud física y mental de sus hijos es infame.

A los padres, además, se les podrá suspender hasta cinco años el ejercicio de la patria potestad.

Esto es lo que se ha legislado.

La ley trans define la “identidad sexual” como la “vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer” (me pregunto si hay algo más acientífico e irracional que hablar de sexo asignado al nacer).

Luego define la “expresión de género” como “la manifestación que cada persona hace de su identidad sexual”.

Por tanto, cualquier profesional o padre que pida prudencia ante esta “vivencia” y que el menor crezca antes de tomar una decisión irreversible que tendrá impacto sobre su salud será castigado con las sanciones de hasta 150.000 euros previstas en la ley trans o con dos años de cárcel.

Dicho de otro modo, la narrativa transgenerista introducida en nuestro ordenamiento jurídico entiende por terapia de conversión o aversión la negativa de terapia afirmativa automática. Esto es, hormonar a niños/as sanos/as sin indagación y acompañamiento psicológicos previos.

Un bloqueo hormonal que frena la pubertad e impide el normal desarrollo del menor, y que suele continuar con hormonación cruzada e incluso con la mutilación de órganos sanos.

Da igual que el niño no tenga edad para votar, fumar, disponer de sus bienes o tomar decisiones reflexivas (por algo está la capacidad de obrar de los menores limitada en el Código Civil). Si el niño/a así se siente, los progenitores y profesionales deben avenirse o ser condenados a prisión.

Las consecuencias son las que estamos viendo.

Miles de menores mal diagnosticados, disforia de inicio rápido por contagio social o personas que empiezan a denunciar ya que sufrían otras patologías, pero que fueron derivados a unidades hospitalarias de identidad de género tras expresar malestar con el propio cuerpo.

Son miles los menores a los que están arruinando la vida con tratamientos hormonales y castigando con penas de cárcel a quienes podrían impedirlo, pero que no lo hacen por miedo, dado el régimen sancionador tan duro al que se enfrentan.

Un participante ondea la bandera trans y la bandera tradicional del orgullo gay desde una motocicleta durante el desfile Boston Pride for the People, en Boston, Massachusetts (EEUU), el 14 de junio de 2025. CJ Gunther EFE

Muchos profesionales de la psicología me han expresado el temor que sufren a realizar lo que sería un buen trabajo con estos niños y niñas.

La mayoría de ellos desisten y, sencillamente, no atienden a personas con disforia de género.

Antes hablaba de la infame estrategia utilizada para aprobar este nuevo artículo del Código penal.

La primera pata de la estrategia ya se ha visto: llamar terapia de conversión a lo que no lo es.

La segunda pata es introducir en la misma ley las terapias de conversión de la orientación sexual. Como si alguien en su sano juicio o las personas críticas con las políticas transgénero, que es lo que tratan de hacer creer, estuviéramos a favor de estas aberrantes prácticas.

Lo hacen con la única finalidad de generar apoyo social metiendo en el mismo saco, como ya hicieron con la ley trans y ahora también en el Código penal, orientación sexual e "identidad/expresión de género", dos cuestiones que no tienen nada que ver.

Deberían recordar sus Señorías, los irresponsables que han aprobado este despropósito, que las terapias de conversión de la orientación sexual ya están específicamente prohibidas y sancionadas en las leyes LGTB autonómicas y ley trans estatal, y que pueden ser perseguidas administrativa e incluso penalmente por el tipo de trato degradante del Código Penal.

Como ven, no se trata de proteger a las personas LGB, sino de imponer más agenda transgenerista que vulnera los derechos de mujeres e infancia.

De hecho, la terapia de conversión y el borrado de la orientación sexual es la que imponen ellos transexualizando a niños con pluma y a niñas "masculinas" a las que les dicen que “ser así”, como si hubiera algún problema en ello, obedece a haber nacido en un cuerpo equivocado.

A esta infamia solo se ha opuesto, en el Congreso, Vox. Ha habido también una única abstención, la de UPN. A favor, la autodefinida izquierda, los nacionalistas y el PP.

El PP, ese partido que prometió a las feministas oponerse a la ley trans y derogarla si llegaba al Gobierno, ha aprobado este martes penas de cárcel para los padres y los profesionales que velen por la salud de los menores.

Imposible confiar en ellos. Una demostración más de que el PP sólo es el PSOE cinco minutos después. Le regalan el sentido común y la defensa de la infancia a Vox y luego hay que escuchar la narrativa plañidera y chantajista de que "viene la ultraderecha".

Todos estos partidos, y el Gobierno que se dice progresista, han blindado con esta norma la institucionalización del maltrato a la infancia que comenzó con la ley trans.

La puerta giratoria de políticos "progresistas" a la industria farmacéutica la pagarán los niños y la sociedad. Y lo veremos.

Mientras tanto, las mujeres, los/as niños/as y la sociedad entera padecerán las consecuencias de un Gobierno transgenerista al que llaman "feminista".