Irene Gil, abogada.

Irene Gil, abogada. TikTok

Interiorismo

Irene Gil, abogada: "Te pueden devolver hasta 1.163 euros y con efecto retroactivo desde el 1 de enero si pagas un alquiler"

La abogada y asesora fiscal explica quiénes podrán beneficiarse de la nueva deducción por alquiler en España.

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El encarecimiento de los alquileres en España continúa alimentando el debate sobre el acceso a la vivienda. En este contexto, el Gobierno ha aprobado nuevas medidas en materia de vivienda en las últimas semanas, que incluyen una deducción estatal en el IRPF para determinados inquilinos.

Una medida recogida en el Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el BOE el 7 de octubre y que contempla un ahorro fiscal que puede alcanzar los 1.163 euros anuales.

La abogada, economista y asesora fiscal Irene Gil ha explicado a través de uno de sus vídeos de TikTok cómo funciona esta novedad y qué personas podrían beneficiarse de ella a partir ahora.

"Si pagas alquiler te lo vas a poder deducir en tu Declaración de la Renta", señala la experta, que también advierte de que no todos los contribuyentes podrán acceder a esta ventaja fiscal.

Quién puede deducirse hasta 1.163 euros

La nueva deducción está dirigida a quienes viven de alquiler y tienen un a base imponible inferior a 33.007,20 euros anuales. Es decir, no basta con pagar una renta mensual, también hay que cumplir determinados requisitos económicos.

Irene Gil explica que la medida permite descontar el 10 % de las cantidades abonadas por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 1.163 euros.

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Sin embargo, esa cantidad máxima no corresponde a todos los beneficiarios. Quienes tengan una base imponible igual o inferior a 23.007,20 euros podrán aplicar el porcentaje sobre una base máxima de 11.630 euros.

A partir de ese nivel de ingresos, la cantidad que puede deducirse se reduce progresivamente hasta desaparecer cuando se alcanza el límite de 33.007,20 euros.

Además, la normativa establece condiciones relacionadas con la propiedad de otras viviendas. En determinados supuestos, tener otro inmueble próximo al domicilio alquilado puede impedir acceder a la deducción.

Compatible con otras ayudas

Una de las características de esta medida es que tiene carácter estatal. Esto significa que no está limitada a una comunidad autónoma concreta y que puede aplicarse en diferentes territorios.

También es compatible con las deducciones autonómicas por alquiler, siempre que el contribuyente reúna los requisitos exigidos para cada una.

No obstante, Irene Gil cuestiona que el límite de ingresos establecido deje fuera a personas que también destinan una parte importante de su sueldo al alquiler. "Y yo me pregunto, alguien que su base imponible son 35.000 euros, esa persona no es rica y el alquiler le supone un esfuerzo económico y no se puede aplicar la deducción", señala.

Para ilustrarlo, la abogada pone como ejemplo a una persona que cobra entre 2.400 y 2.500 euros netos mensuales y paga 1.000 euros de alquiler. En ese supuesto, estaría dedicando aproximadamente el 40% de sus ingresos a la vivienda, pero no podría beneficiarse de la medida.

La experta también recuerda que la anterior deducción estatal por alquiler contemplaba un límite de ingresos de 24.107 euros. Desde entonces, tanto la inflación como los precios de los alquileres han aumentado considerablemente.

"Es decir, prácticamente este aumento se ha limitado a compensar la inflación acumulada pero no tiene en cuenta cuánto se ha encarecido vivir de alquiler desde entonces", insiste.

Cuándo se podrá aplicar

La medida forma parte del nuevo decreto de vivienda aprobado. No obstante, su continuidad está condicionada a la correspondiente convalidación parlamentaria.

Si la medida se mantiene y resulta aplicable al ejercicio fiscal de 2026, los contribuyentes podrían reflejarla en la Declaración de la Renta que se presentará en 2027. "La tiene que convalidar la diputación permanente y si se convalida esto se deducirá en la declaración de la renta de 2026 que se presenta entre abril y junio del año que viene 2027. Por tanto, será ahí cuando se reciba ese dinero de Hacienda", concluye.

En cualquier caso, no se trata de una devolución automática de 1.163 euros. La cantidad dependerá del alquiler abonado, de los ingresos del contribuyente y del resultado de su declaración.