Cuidar de un familiar enfermo ya no tiene por qué significar perder días de sueldo. Tras la reforma del Estatuto de los Trabajadores, los empleados en España tienen derecho a un permiso retribuido de 5 días laborales para el cuidado de familiares enfermos.
Este permiso aplica en casos de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario.
Este derecho está regulado en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, tras la reforma introducida por el Real Decreto-ley 5/2023, y se ha visto reforzado por la reciente jurisprudencia de los tribunales españoles.
El origen de esta protección viene de Europa. La necesidad de esta modificación legislativa nace de la Directiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores.
Este permiso puede utilizarse para atender a cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros y cuñados.
Una de las preguntas más frecuentes es si este permiso se concede una sola vez al año o puede repetirse. Las sentencias más recientes —entre ellas la Audiencia Nacional de marzo de 2025 y varios Tribunales Superiores de Justicia en 2024-2025— han confirmado que el permiso se reconoce por cada hecho causante, es decir, cada vez que un familiar sufra una hospitalización o enfermedad grave distinta.
Respecto a si los días son laborables o naturales, en ausencia de determinación por parte del convenio colectivo, deberán entenderse como días laborables.
El procedimiento es sencillo: comunica la situación a tu empresa con la mayor antelación posible, aporta la documentación médica que acredite la hospitalización o enfermedad grave, y solicítalo por escrito. Si tu empresa lo deniega o te descuenta el salario, tienes respaldo legal y jurisprudencial para reclamarlo.
