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Las claves

En la Comunidad de Madrid, miles de pensionistas tienen todavía la posibilidad de recuperar dinero de Hacienda por antiguas cotizaciones realizadas a mutualidades laborales antes de 1979.

En algunos casos, las devoluciones pueden alcanzar los 4.000 euros, aunque el proceso aún no se ha completado y quedan numerosos expedientes pendientes.

La devolución afecta a pensionistas que durante su vida laboral aportaron dinero a mutualidades y que, años después, acabaron tributando dos veces por esas cantidades. Varias sentencias del Tribunal Supremo obligaron a Hacienda a corregir esta situación, considerada una doble imposición indebida.

En la Comunidad de Madrid, muchos jubilados siguen pendientes de recibir el dinero correspondiente mientras la Agencia Tributaria continúa revisando solicitudes presentadas en los últimos meses.

El proceso se ha convertido en uno de los trámites fiscales más importantes para los pensionistas afectados.

No todos los jubilados tienen derecho a esta devolución. La medida se dirige a quienes cotizaron a mutualidades laborales antes del 1 de enero de 1979 y actualmente cobran una pensión de la Seguridad Social.

Dentro de este grupo existen dos casos diferentes. Los trabajadores que realizaron aportaciones antes de 1967 pueden aplicar una exención sobre la parte proporcional de su pensión vinculada a esos años.

En cambio, quienes cotizaron entre 1967 y 1978 tienen derecho a reducir un 25% la tributación correspondiente a ese periodo.

Estas correcciones permiten recuperar parte del IRPF pagado de más en los ejercicios todavía no prescritos, desde 2021 en adelante. Dependiendo de cada historial laboral, las devoluciones pueden alcanzar los 4.000 euros.

Hacienda ya ha devuelto miles de millones de euros entre 2024 y 2025, aunque todavía quedan numerosas solicitudes sin tramitar.

Parte del retraso se debe a la revisión manual de expedientes antiguos, muchos de ellos correspondientes a las décadas de los 60 y 70, además de errores en el cruce de datos o reclamaciones vinculadas a herencias.

En los últimos meses, la Agencia Tributaria ha simplificado el proceso para solicitar estas devoluciones. Los afectados pueden realizar el trámite a través de un formulario específico disponible en la sede electrónica de Hacienda utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.

En la mayoría de los casos no es necesario presentar documentación adicional, ya que la administración comprueba los datos directamente con la Seguridad Social. Solo algunos expedientes concretos requieren aportar información extra.