Por si la promotora Haibu 4.0, impulsora de los denominados pisos colmena, tuviera pocos problemas con las administraciones públicas para llevar a cabo su proyecto, una guerra interna entre socios ha venido a complicar aún más su futuro.

Los dos protagonistas del intercambio de golpes son Marc Olivé, gerente de Haibu 4.0, y su socio durante doce años, Eduardo Jausi (alias Eddie Wattenwil). Las declaraciones del segundo en varios medios han desatado la ira del primero, mientras las dudas legales y las palabras de los regidores de Madrid no auguran su implantación con facilidad en Madrid y otras ciudades.

Marc Olivé ha calificado a Eduardo Jausi como “socio tóxico”. La versión oficial de la promotora indica que el señor Jausi decidió dejar el cargo de portavoz en 2018 por la presión mediática del proyecto y así “evitar que saliera su pasado con el caso Gürtel”. Volvió para presentar Haibu 4.0 en Inmonext 2019 Barcelona. Según la promotora, “debido a su gran depresión, el Sr. Jausi realizó una presentación muy insuficiente”. Este hecho provocó que la promotora perdiera “varias operaciones de inversores”.

Ante las acusaciones de Jausi, Marc Olivé le responde que intentó “desviar la inversión que tenía que recibir Haibu 4.0 de Dubai a su proyecto personal de Haibu Hostels”. Este doble juego, según la promotora, le llevó a ser “expulsado directamente de Haibu 4.0” y “los abogados de Haibu están estudiando las diferentes vías legales que disponemos para recuperar la Sociedad Limitada pagada por el Sr. Olivé y recuperar la marca de Haibu que también pago el Sr. Olivé”.

“Es muy triste cuando intentas ayudar a un amigo para que reflote y encima te extorsiona e intenta robarte después de tantos años”, afirma Marc Olivé.

Lucha burocrática y legal

En paralelo, la promotora mantiene su lucha con el Ayuntamiento de Madrid para lograr la licencia para levantar pisos colmena. “Vamos a enviar los planos de las Colmenas Modulares modelo 60P a José Luis Martínez-Almeida, alcalde de Madrid, y Mariano Fuentes, delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de la capital, para que esta semana puedan explicar a los medios de comunicación y a los futuros residentes, qué parte es ilegal de las casas Haibu”.

Del mismo modo, anuncia que las colmenas de Vicálvaro, Plaza Castilla y San Blas 2 “siguen a buen ritmo”. “La entrada de los residentes aún no tiene fecha definida; veremos si la hacemos dosificada o en bloques”, añaden.

El Ayuntamiento de Madrid mantiene que su postura siempre ha sido la misma y no ha cambiado. “No va a permitir una tipología de vivienda que no cumpla los requisitos de confort y habitabilidad que se exigen en todas las viviendas en esta ciudad”, señaló recientemente el Ayuntamiento a Invertia.

Patricia Pérez, abogada de Derecho Inmobiliario de Bird&Bird, afirma que estos pisos “no solo no cumplirían con las exigencias impuestas por la Ley de Ordenación de la Edificación y su Código Técnico, sino que tampoco con la normativa urbanística y de vivienda aplicable, al no respetar las condiciones mínimas de habitabilidad que según esta debe reunir una vivienda para ser considerada como digna”.

En el caso de Madrid, la abogada de Bird&Bird señala que “las normas urbanísticas consideran como vivienda mínima aquella que cuenta con estancia-comedor, cocina, dormitorio y aseo, y cuya superficie útil ha de ser superior a 38 m2”. “Se admitiría reducir la superficie útil hasta 25 m2 en el caso de que únicamente disponga de una estancia-comedor-cocina, que puede servir de dormitorio, y un aseo”, ahonda.

Teniendo en cuenta esta superficie mínima, podría pensarse que si se computa la superficie destinada a zonas comunes de los ya famosos "pisos colmena" estos cumplirían tal requisito de superficie mínima.

Sin embargo, expone Patricia Pérez, “la Orden de 29 de febrero de 1994 -aplicable en aquellas comunidades autónomas que no han dictado normativa al respecto, como por ejemplo Madrid- también establece superficies mínimas para las distintas estancias que componen una vivienda, según la cual la de los dormitorios individuales debe ser de al menos 6 m2 y la de los dobles de 10 m2”.

Asimismo, prosigue la experta legal, tanto en Madrid como en Cataluña, existen condiciones esenciales de altura que tienen que ser respetadas. “En términos generales, esta debe ser de al menos 250 cm en el 75-80% de la superficie útil de la vivienda”. Además, se debe disponer de superficies de ventilación natural directa y de huecos de iluminación natural.

Por tanto, concluye Patricia Pérez, “los cubículos ofertados como dormitorios en los denominados "pisos colmena" no cumplirían los requisitos esenciales de habitabilidad que exige la normativa actualmente en vigor.

Y, por tanto, este nuevo y controvertido concepto de "vivienda", o más bien "infravivienda" –cuyas características no alcanzan las condiciones legales mínimas para ser considerada una vivienda digna y adecuada-, debe ser considerado ilegal, además de ser cuestionable desde un punto de vista social pretender hacinar personas en tan reducidas dimensiones”.

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