El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado el segundo manual de buenas prácticas para la realización de la eutanasia con el único voto en contra de la Comunidad de Madrid.
Se trata de una guía de referencia para la aplicación uniforme de las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2021, que aprueba y regula esta práctica, y que recomienda una tramitación abreviada para solicitantes que presentan riesgo de pérdida inminente de capacidad o fallecimiento.
Esta tramitación más breve permite reducir los tiempos al mínimo posible sin menoscabar las garantías legales, indican desde el Ministerio de Sanidad.
El documento actualiza la versión publicada en 2021 incorporando la experiencia de más de cuatro años de aplicación de la norma, incorporando las aportaciones de profesionales sanitarios, las comisiones de garantía y evaluación, y de expertos de la sociedad civil.
Fátima Matute, consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, ha señalado que el voto en contra de la región se debe a que el manual contempla "problemas jurídicos, clínicos y éticos", informa Europa Press.
Según Matute, incorpora supuestos jurídicos que no se incluyen en la ley y, por tanto, la modificaría. También dejaría "desprotegidos a los profesionales" a la hora de aplicarlo.
"Las sociedades científicas y los colegios profesionales con los que nosotros trabajamos nos han pedido que se incluyeran herramientas objetivas de evaluación y además interconsultas con salud mental en casos complejos cuando hay sufrimiento, cuando hay ideaciones suicidas, y eso no lo han incluido, con lo cual dejan desprotegidos a los profesionales a la hora de aplicar el manual", ha concretado.
También, siempre según la consejera, existiría un aspecto ético, el "más importante", ya que no garantiza un acceso real a todos los recursos disponibles para aliviar su sufrimiento por falta de financiación.
En la rueda de prensa posterior a la reunión de Sanidad y las comunidades autónomas, la ministra, Mónica García, ha acusado a la Comunidad de Madrid de ir "en contra de los derechos de las personas, ya sea eutanasia, ya sea aborto".
García ha indicado que no existen problemas jurídicos, ya que "la ley lleva en funcionamiento cuatro años y lo único que hace este manual es aprender de la experiencia para garantizar que quienes se quieran acoger a ella lo hagan con toda la seguridad jurídica".
Entre las novedades de este segundo manual está la incorporación formal de la enfermera del equipo asistencial como figura de referencia, especificando sus funciones (apoyo informativo, acompañamiento del solicitante, preparación del entorno y realización de procedimientos propios de su competencia).
Suspensión temporal del proceso
También incluye una nueva estructura organizativa basada en unidades administrativas de apoyo, ya presentes en algunas comunidades autónomas, que aseguren un funcionamiento correcto, accesible y homogéneo de la prestación en el territorio.
Por otro lado, el documento clarifica y unifica los criterios relativos a los tiempos del proceso asistencial, con la solicitud de un aplazamiento de hasta seis meses una vez reconocido el derecho a prestación. El marco previo, indica Sanidad, no superaba uno o dos meses.
Además, detalla la posibilidad de suspender temporalmente el proceso por circunstancias excepcionales y transitorias acordes con la normativa vigente. Si pasan tres meses sin que se reactive, la comisión de garantías podría cerrar y archivar el expediente, previa notificación al interesado.
El manual incluye un apartado específico para la donación de órganos adaptado a los protocolos vigentes de la Organización Nacional de Trasplantes, para que la opción se ofrezca de forma independiente y sin interferir a la tramitación de la solicitud de eutanasia.
