El Plan Renove 2020, de ayudas a la compra de automóviles, obligará a las empresas de renting o de leasing financiero a adquirir los vehículos nuevos a un concesionario o punto de venta si quieren acogerse a estas subvenciones y, además, no podrán adquirir más de 30 vehículos a nombre de un mismo beneficiario.

De esta forma consta en la orden ministerial que este sábado publica el BOE y que modifica los artículos 38 a 52 del Real Decreto aprobado el 3 de julio de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, y donde se contemplan las ayudas del Plan Renove 2020 que van de los 300 a los 4.000 euros para la compra de un vehículo de cualquier tecnología.

La orden ministerial regula este sábado aspectos vinculados a las operaciones de renting y de leasing financiero con el fin de agilizar su acogimiento al plan.

Condiciones

Señala que "estas operaciones deberán conllevar necesariamente la compra por parte de la empresa arrendadora de un vehículo nuevo a un concesionario o punto de venta en España", y para que la adquisición de vehículos seminuevos pueda ser objeto de la ayuda, estos deberán haber sido matriculados por primera vez a nombre del concesionario con fecha posterior al 1 de enero de 2020.

"No serán admisibles aquellos vehículos que hayan sido matriculados con anterioridad a esa fecha", incide la orden, que señala que, al igual que un vehículo nuevo, la fecha de factura de compraventa será igual o posterior al 15 de junio de 2020.

En el marco de este programa, además se establece un límite de adquisición de vehículos por parte de un mismo beneficiario de hasta un máximo de 30 vehículos para el caso de entidades privadas con personalidad jurídica, debiendo presentar dichas entidades una solicitud diferente por cada vehículo a adquirir.

Para el caso de personas físicas y profesionales autónomos se establece un límite de un vehículo por beneficiario.

Calendario

El BOE recuerda que el período de duración del programa va desde el 15 de junio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y que este es el plazo para la presentación de solicitudes de ayuda que permita realizar su reserva, siempre que no se haya agotado el presupuesto del plan, dotado con 250 millones de euros.

Por otra parte, además de desglosar todas las ayudas según las características y categorías de los vehículos, la orden ministerial también destaca que cuando se supere un importe de 3.000 euros en la ayuda o ayudas que pudieran ser otorgadas a un mismo solicitante, este estará obligado a aportar certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Incide en que las subvenciones objeto de este programa se destinarán a la adquisición directa o a la adquisición por medio de operaciones de arrendamiento (renting o leasing financiero) de vehículos nuevos, entendiendo como tales aquellos procedentes de fábrica, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda.

En los casos de renting, la empresa arrendadora deberá adquirir el vehículo nuevo de un concesionario o punto de venta en España, matricularlo a su nombre, y posteriormente arrendarlo al beneficiario de la ayuda. Además, la fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación será del 15 de junio de 2020 o posterior.

El Ministerio de Industria alude que el desarrollo de determinados aspectos en el Real Decreto Ley se debe a toda la información recibida de asociaciones y diversos organismos que ayudan a adaptar el Plan Renove "con el fin de que la posterior gestión de las solicitudes de ayuda sea más ágil y eficaz".

La entrada en vigor de esta nueva regulación será a partir del lunes.

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